martes, 29 de abril de 2025

Primero de Mayo 2025

Este 1° de mayo nos volveremos a ver en las calles para reivindicar el día de las personas trabajadoras.

¡Así es! El 1° de mayo es una fecha histórica para salir a las calles y alzar nuestra voz por los derechos laborales, la justicia social y la dignidad de quienes trabajan.

Es muy importante la participación de todas, se nos tiene que ver y escuchar.

Os esperamos el jueves 1 de mayo en la manifestación que partirá a las 11:00h. DESDE la PLAZA DE LEGAZPI HASTA LA CUESTA DE MOYANO.

Y para acabar por todo lo alto, después del recorrido, contaremos con las actuaciones de MACHETE EN BOCA Y PARABELLUM

¡Música combativa para una lucha colectiva!


Peligros de Firmar algunos acuerdos

Ante el posible acuerdo marco que se está planteando a nuestros compañeros de Atos Holding queremos alertar de los problemas que acarrea la firma de algunas condiciones.

Es fundamental estar alerta ante la firma de acuerdos de empresa que incluyan términos y/o condiciones, que pueden perjudicarnos a largo plazo.

 Un aspecto que a menudo se presenta en los acuerdos de empresa es la “ventana de servicio”, que se vende como una ventaja de flexibilidad horaria.

Lo que se presenta como “flexibilidad” puede convertirse en una obligación de trabajar en distintos horarios sin remuneración. Los cambios de horario pueden atraparte, limitando la capacidad para disfrutar del tiempo personal y afectando al equilibrio sin recibir compensación. Esto no solo puede afectar nuestra salud mental y física, sino también nuestro equilibrio entre la vida laboral y personal.

 La “flexibilidad horariadebe ser una opción que mejore nuestras condiciones, no que aumente la carga sin recompensa.

 Importes Variables: aceptar remuneraciones, caducas desde hace años y sin garantías de revalorización, significa que nuestros salarios podrían estancarse o disminuir, afectando nuestra calidad de vida y poder adquisitivo.

 Falta de Remuneración por Cambio de Horario en Jornada Intensiva: contar con un acuerdo específico sobre la compensación por cambios en los horarios es esencial, el no tenerlo puede llevar a que se nos exija mayor flexibilidad sin ninguna recompensa, lo que impacta negativamente.

 Los acuerdos de empresa deberían mejorar los acuerdos existentes y especificar claramente las condiciones sin ambigüedades, como ajustar los turnos no aumentando las franjas horarias, las compensaciones por IT sin periodos de carencia, etc.

 **Conclusión**: Antes de aceptar o firmar cualquier acuerdo, es esencial analizarlo detenidamente y evaluar sus implicaciones y sus consecuencias a largo plazo. Términos que aparentan ser beneficiosos puede ser, en realidad, trampas que ocultan desventajas significativas que se manifiestan más adelante.

 Proteger nuestros derechos laborales es vital para asegurar un ambiente de trabajo justo y equitativo.


¡Exige información veraz, Infórmate y defiende lo que te corresponde!

Ya llegamos a 30 despidos

El 28 de abril nos han comunicado un nuevo despido objetivo del centro de trabajo de Barcelona, con fecha de efecto del mismo día.  En lo que llevamos de año, la empresa ha ejecutado un total de 30 despidos entre objetivos y disciplinarios.

Distribución de los despidos hasta la fecha:

  • Madrid: 21 (12 despidos objetivos, 9 disciplinarios)
  • Barcelona: 4 (1 despido objetivo, 3 disciplinarios)
  • Toledo: 1 (disciplinarios)
  • Tenerife La Granadilla: 1 (objetivo)
  • Tenerife Mayorazgo: 1 (disciplinario)
  • Sevilla: 2 (disciplinarios)

Desde CGT de ATOS IT, seguimos denunciando estas prácticas que precarizan aún más la situación de la plantilla. Estaremos vigilantes y lucharemos para defender los derechos de todos los trabajadores.

Si necesitas asesoramiento o apoyo, contacta con nosotros.

viernes, 25 de abril de 2025

Atos Major Events: Notificación de ERE

Queremos informaros sobre una situación importante que afecta a una de las empresas del grupo en los dos centros de trabajo (Barcelona y Madrid) de Atos Major Events. La Dirección ha comunicado su intención de iniciar un Expediente de Regulación de Empleo (ERE).

En este contexto, se nos ha convocado, como Representación Legal de los Trabajadores (RLPT), a una primera reunión presencial que tendrá lugar el próximo 30 de abril como inicio del proceso de negociación.

Somos conscientes de la preocupación que esta noticia puede generar y queremos aseguraros que os mantendremos informados puntualmente sobre el desarrollo de las negociaciones y las acciones que emprenderemos para defender los derechos e intereses de toda la plantilla.

Estamos comprometidos a trabajar con transparencia y a vuestro lado en estos momentos difíciles.



Esta publicación es de nuestros compañeros Gatos Sindicales.

martes, 22 de abril de 2025

Convenio TIC: Salarios en la Cuerda Floja: La Trampa del Artículo 7

El 16 de abril se ha publicado en el BOE el XIX Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría, tecnologías de la información y estudios de mercado y de la opinión pública (TIC), que afecta aproximadamente a la mitad de la plantilla de Atos IT.

En concreto estarán afectadas: 

  • Las contrataciones que se realizan en Atos IT por los centros de trabajo distintos a Madrid.
  • Al personal que provenían de las empresas extintas como INFOSERVICIOS, DAESA o MUNDIVIA, y los de Siconet que procedían de la empresa NIV.
  • Al personal que ha pasado a formar parte de Atos IT proveniente de Worgrid y de Atos Spain. 

Si tienes dudas de si estas afectado o no, ponte en contacto con nosotros y te lo aclararemos.

Queremos hablar sobre un tema que nos afecta a todos en el sector: la reciente aprobación del convenio. Aunque es un pequeño paso, hay un aspecto que no podemos pasar por alto: la falta de modificación o supresión del artículo 7 sobre compensación y absorción.

Este artículo permite que cualquier aumento salarial que se acuerde pueda ser compensado con otras percepciones, lo que en la práctica significa que los trabajadores podríamos ver limitados nuestros incrementos reales en el salario. Es preocupante que, en un contexto donde se busca mejorar la calidad de vida de los profesionales del sector, se mantenga una cláusula que puede desvirtuar esos avances.

La compensación y absorción en la práctica, puede llevar a que los aumentos salariales se conviertan en meras ilusiones. En lugar de ver un verdadero incremento en nuestros ingresos, podríamos encontrarnos con que esos aumentos se ven neutralizados por otras deducciones. Esto no solo afecta nuestra economía personal, sino que también desincentiva el esfuerzo y la dedicación que ponemos en nuestro trabajo.

Es fundamental que como profesionales del sector nos unamos para exigir cambios que realmente beneficien a las personas trabajadoras. La lucha por condiciones laborales justas y transparentes es una responsabilidad compartida y debemos utilizar la fuerza de todas y todos para mejorar en la manera de lo posible las condiciones, porque no podemos permitir que con la excusa del convenio no se reflejen nuestras necesidades y aspiraciones.

Hagamos oír nuestra voz y trabajemos juntos para que futuros acuerdos de empresa o convenios sean más justos y equitativos.

¡Es hora de que nuestras preocupaciones sean escuchadas

Y ya llegamos a 29 despidos este año

Hoy 22 de abril nos han comunicado un nuevo despido objetivo que será efectivo el día 28 de abril de 2025. En lo que llevamos de año, la empresa ha ejecutado un total de 29 despidos entre objetivos y disciplinarios.


Distribución de los despidos hasta la fecha:

  • Madrid: 21 (12 despidos objetivos, 9 disciplinarios)
  • Barcelona: 3 (disciplinarios)
  • Toledo: 1 (disciplinarios)
  • Tenerife La Granadilla: 1 (objetivo)
  • Tenerife Mayorazgo: 1 (disciplinario)
  • Sevilla: 2 (disciplinarios)

Desde CGT de ATOS IT, seguimos denunciando estas prácticas que precarizan aún más la situación de la plantilla. Estaremos vigilantes y lucharemos para defender los derechos de todos los trabajadores.

Si necesitas asesoramiento o apoyo, contacta con nosotros.

lunes, 14 de abril de 2025

Altas y bajas en marzo 2025

Estos son los datos mensuales facilitados oficialmente por la empresa a la RLPT en abril, de las altas y bajas que se han producido en los centros de Trabajo de Atos IT durante el pasado mes de marzo de 2025.


Anterior entrada resumen del altas y bajas del año anterior  en Eviden Atos IT.

jueves, 10 de abril de 2025

Continúan los Despidos

Hoy 10 de abril nos han comunicado un nuevo despido objetivo que será efectivo el día 28 de abril de 2025. En lo que llevamos de año, la empresa ha ejecutado un total de 28 despidos entre objetivos y disciplinarios.


Distribución de los despidos hasta la fecha:

  • Madrid: 20 (11 despidos objetivos, 9 disciplinarios)
  • Barcelona: 3 (disciplinarios)
  • Toledo: 1 (disciplinarios)
  • Tenerife La Granadilla: 1 (objetivo)
  • Tenerife Mayorazgo: 1 (disciplinario)
  • Sevilla: 2 (disciplinarios)

Desde CGT de ATOS IT, seguimos denunciando estas prácticas que precarizan aún más la situación de la plantilla. Estaremos vigilantes y lucharemos para defender los derechos de todos los trabajadores.

Si necesitas asesoramiento o apoyo, contacta con nosotros.

Obras zona 2B_Despachos Sindicales (Albarracin)

Nos han informado que se procederá a cerrar el acceso a la zona B y el hall secundario de la zona A de la planta 2, por las obras que se van a realizar el próximo día 16 de abril en el edificio de Calle Albarracín.

El acceso a la sala de CCAP sala B-209 y los pasillos de los despachos sindicales se verá afectado, no siendo posible entrar, al menos durante este día mientras se realizan las obras.  

Para las personas trabajadoras asignadas al CCAP y que tengan previsto asistir presencialmente ese día se han habilitado los puestos de trabajo sitos en la segunda planta 2 Zona A-201. 

miércoles, 9 de abril de 2025

Nuevo despido

Hoy 9 de abril nos han comunicado un nuevo despido objetivo que será efectivo el día 28 de abril de 2025. En lo que llevamos de año, la empresa ha ejecutado un total de 27 despidos entre objetivos y disciplinarios.

Distribución de los despidos hasta la fecha:

  • Madrid: 19 (10 despidos objetivos, 9 disciplinarios)
  • Barcelona: 3 (disciplinarios)
  • Toledo: 1 (disciplinarios)
  • Tenerife La Granadilla: 1 (objetivo)
  • Tenerife Mayorazgo: 1 (disciplinario)
  • Sevilla: 2 (disciplinarios)

Desde CGT de ATOS IT, seguimos denunciando estas prácticas que precarizan aún más la situación de la plantilla. Estaremos vigilantes y lucharemos para defender los derechos de todos los trabajadores.

Si necesitas asesoramiento o apoyo, contacta con nosotros.

CGT: Renta 2024

lunes, 7 de abril de 2025

Retribución variable y su legalidad en el ámbito laboral

Según el TS: La retribución variable (Bonus) está condicionada en muchas empresas a que el trabajador se mantenga de alta durante todo el periodo de devengo (del 1 de enero al 31 de diciembre) y al momento de su percepción (primer trimestre del siguiente año). Sin embargo, existen situaciones en las que este derecho debe ser respetado, incluso si el trabajador deja la empresa antes del 31 de diciembre.

Un acuerdo que excluya el pago de salarios ya devengados por no estar el trabajador de alta en el momento del cobro es ilegal. El salario devengado debe pagarse en el lugar y fecha pactados, sin depender de circunstancias posteriores al devengo. Condicionar el pago de este salario a la permanencia del trabajador en la empresa constituye una condición abusiva y va en contra de los derechos laborales establecidos por el artículo 4.2 f) del ET, que garantiza el derecho incondicional al cobro de la remuneración pactada.

No es ilegal exigir que el trabajador permanezca hasta el final del periodo de devengo, pero en caso de extinción del contrato por causas ajenas a su voluntad, como fallecimiento, jubilación o despido improcedente, el derecho al cobro del complemento variable sigue vigente. Esto incluye situaciones derivadas de modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo que perjudiquen al trabajador. La jurisprudencia y directivas europeas refuerzan el derecho del trabajador a percibir dicha retribución en estos casos.

Por lo tanto, el derecho del trabajador a recibir su retribución variable no puede ser vulnerado por cláusulas abusivas que condicionen su pago a circunstancias posteriores al devengo.