jueves, 13 de marzo de 2025

Y seguimos con los despidos

 

No han pasado ni tres horas del ultimo All Hands y nos sorprenden con 2 nuevos despidos objetivos en Madrid. 

El año 2025 avanza y los despidos en AtoS IT continúan a un ritmo alarmante. La empresa ha informado de un total de 26 despidos desde que comenzó el año.

Distribución de los despidos hasta la fecha:

  • Madrid: 18 (9 despidos objetivos, 9 disciplinarios)
  • Barcelona: 3 (disciplinarios)
  • Toledo: 1 (disciplinarios)
  • Tenerife La Granadilla: 1 (objetivo)
  • Tenerife Mayorazgo: 1 (disciplinario)
  • Sevilla: 2 (disciplinarios)
Desde CGT de ATOS IT, seguimos denunciando estas prácticas que precarizan aún más la situación de la plantilla. Estaremos vigilantes y lucharemos para defender los derechos de todos los trabajadores.

Si necesitas asesoramiento o apoyo, contacta con nosotros.


¿ERE Encubierto?

El despido fraudulento mediante ERE encubierto consiste en realizar un conjunto de despidos por «goteo», es decir, un despido colectivo sin seguir los tramites previstos legalmente por el art. 51.1 del ET.

«A efectos de lo dispuesto en esta ley se entenderá por despido colectivo la extinción de contratos de trabajo fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción cuando, en un periodo de noventa días, la extinción afecte al menos a treinta trabajadores en las empresas que ocupen más de trescientos trabajadores»

Si ése fuera el caso, se podría presentar un Conflicto Colectivo para intentar anular todos los despidos que ha habido, pero esto podría suponer un problema para mucha de la gente despedida, alguno estará trabajando en otro lugar donde se encuentre más y mejor valorado y otros hayan acordado su despido, también se puede dar el caso de que la empresa hiciera un despido colectivo posteriormente y si alguno de los reincorporados estuviera incluido podría tener una indemnización de 20 días por año (con máximo de una anualidad) en lugar de los 45/33 días (con máximo de dos anualidades, o las que corresponden a 45 días/año si el contrato fuera antes de 12/02/2012 la indemnización superaba los 24 meses) que han recibido algunos tras reconocer la improcedencia en el SMAC.

Desde CGT podemos asesorarte y ayudarte si quieres presentar individualmente una demanda por despido nulo, por situación de ERE encubierto, bastaría con demostrar que se da dicha situación para que el despido sea nulo, podrías recuperar tu puesto de trabajo y todos los salarios de tramitación.

El tiempo que tienes para realizar la demanda son sólo 20 días hábiles a partir de que sea efectiva el Despido. 

Si necesitas ayuda, no dudes en ponerte en contacto con nosotros a través del correo electrónico.

(*) El artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores obliga a aplicar un expediente de regulación cuando una empresa extingue un determinado número de contratos -fijos y temporales- en un periodo de 90 días (a partir de 10 despidos en una empresa de 100 trabajadores, desde el 10% de la plantilla en una de entre 100 y 300 empleados, y cuando se despide a 30 o más personas de una empresa con más de 300 asalariados). Si el empresario supera ese umbral mediante despidos individuales en dicho plazo se consideraría un ERE encubierto, por lo que incurriría en fraude de ley. Si es denunciado los jueces lo declararían despido nulo, habría que reincorporar a todos los trabajadores, con el pago de los salarios de tramitación.

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