jueves, 9 de enero de 2025

El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), ¿Cuánto supone este año?

Los trabajadores sufriremos un nuevo recorte en la nómina en 2025: tendremos que pagar más por el MEI, lo que nos bajará el salario neto.

El MEI, es el mecanismo de equidad intergeneracional, se trata de un nuevo tipo de cotización creada por el Gobierno en 2023 para aumentar la hucha que hace la Seguridad Social, dirigida al sistema de pensiones, tiene que ser pagado tanto por las empresas como por los trabajadores de cuenta ajena, así como los autónomos, todos sin excepción.

En consecuencia, el MEI o Mecanismo de Equidad Intergeneracional, implica el pago de una cotización adicional que será asumida por los trabajadores y por los empresarios.

  • En el año 2025, será de 0,80 puntos porcentuales, de los que el 0,67 corresponderá a la empresa y el 0,13 al trabajador. 
  • En el año 2024, fue de 0,70 puntos porcentuales, de los que el 0,58 corresponderá a la empresa y el 0,12 al trabajador.
  • En el año 2023, comenzó con 0,60 puntos porcentuales, de los que el 0,50 corresponderá a la empresa y el 0,10 al trabajador.

martes, 7 de enero de 2025

UGT también firma la compensación y absorción del Convenio TIC

Os informamos que UGT ha firmado también el nuevo preacuerdo del Convenio TIC, que va a suponer un incremento real de 0€ para la gran mayoría del sector informático gracias a la cláusula de compensación y absorción que hay en su redactado.
Como recordamos, esa organización mantuvo una posición activa en contra de las movilizaciones de muchas plantillas del sector TIC en las luchas por el poder adquisitivo de 2024, echando siempre una mano a la empresa desde dentro. Una de sus razones es que “eso se tenía que luchar en la negociación del Convenio TIC”. Unos meses después y con un total de 0 movilizaciones realizadas, proceden a firmar la nefasta cláusula de compensación y absorción, otra vez.
 
Después de muchas excusas en su comunicado, nos dicen que es “para evitar que haya redactados negativos” cuando se concrete la redacción. Esa razón es una falsedad, ya que si hipotéticamente se produjera, la firma o no final de UGT sería irrelevante al tener la mayoría el otro sindicato firmante. Quedarían fuera, no están en condición de bloquear nada.
 
Entonces ¿por qué firman?

Primero porque a nivel sectorial son como en nuestra empresa: Todo el mundo sabe que acaban aceptando lo que sea, nadie se los toma en serio. Segundo porque así podrán estar en la “comisión paritaria del convenio”, para medrar y alguno de sus jefazos seguir estando cerca de los que mandan.
 
¿Cuál creemos que es el mejor camino desde CGT?
 
Pues algo tan extraño como trabajar por nuestros derechos. En CGT no somos seres de luz, nos equivocamos a veces, somos humanos, otras quizás podríamos hacer más, pero nos dejamos siempre la piel por los derechos de los y las trabajadoras. Sabemos que las empresas de este sector lo quieren todo, por eso en todas las movilizaciones del pasado año, casi 20 empresas, hubo secciones de la CGT dando voz a las plantillas y apretando a las empresas.
 
Somos el tercer sindicato del sector TIC en España, en una clara expansión por todo el estado como sin duda saben los dos sindicatos firmantes. Con toda probabilidad estaremos en la siguiente negociación del Convenio TIC, les guste o no. Pero para ello es imprescindible que cada trabajador/a siga organizándose en la CGT para seguir creando nuevas secciones sindicales por todo el sector informático hasta que dejen de tomarnos el pelo de una vez.

CGT Informática

Manifestación "Reducción de Jornada ampliadas ..."


 

viernes, 3 de enero de 2025

Las Jubilaciones en 2025

Desde el 1 de enero de 2025, en España se incrementará la edad legal de jubilación ordinaria a 66 años y 8 meses para quienes acrediten menos de 38 años y 3 meses cotizados. Aquellos que alcancen o superen esta cotización podrán retirarse a los 65 años sin penalización económica. Este ajuste también eleva la edad mínima para acogerse a la jubilación anticipada, marcando un cambio importante en las condiciones y beneficios para las personas trabajadoras.

Jubilaciones anticipadas

Las penalizaciones por jubilación anticipada serán proporcionales y aplicadas mensualmente, en función de los años cotizados y del tiempo de anticipación respecto a la edad ordinaria. 7

Requisitos para acceder a la jubilación anticipada voluntaria:

La edad mínima debe ser hasta dos años menor a la edad legal de jubilación ordinaria aplicable. En 2025, esto implica:

  • 64 años y 8 meses, con menos de 38 años y 3 meses cotizados.
  • 63 años, con más de 38 años y 3 meses cotizados.

Período de Cotización

  • Mínimo de 35 años cotizados, de los cuales al menos 2 deben estar dentro de los últimos 15 años previos a la jubilación.
  • La pensión percibida debe superar la pensión mínima asignada a los 65 años.

Jubilación anticipada involuntaria


La jubilación anticipada involuntaria permite que una persona trabajadora acceda a su pensión de jubilación hasta 4 años antes de lo que le correspondería. Aun así, este tipo de jubilación se caracteriza por poder acceder a ella solamente si la cesión de la actividad profesional sucede por causas ajenas a la voluntad del trabajador.


Para que una persona trabajadora puede acceder a la pensión de la jubilación involuntaria, el cese de la actividad laboral debe de estar impulsado por circunstancias ajenas a la persona trabajadora.


Además, teniendo en cuenta las edades ordinarias de jubilación en 2025, podrán solicitar la jubilación anticipada involuntaria las personas trabajadoras que cumplan los siguientes requisitos:
  • Si se han cotizado 38 o más años, se podrá solicitar la jubilación con 61 años.
  • Si se han cotizado menos de 38 años, se podrá solicitar la jubilación con 62 años y 6 meses.


Diferencia entre jubilación anticipadas voluntaria e involuntaria


El elemento en común entre la jubilación anticipada voluntaria y la involuntaria es que la decisión final de solicitar la jubilación siempre estará en manos del trabajador. En ambos tipos de jubilación, el trabajador finalizará el contrato y recibirá un finiquito. Las diferencias más claras entre estas son las siguientes:
  1. Causa: La jubilación anticipada involuntaria es a causa de un tercero, mientras que la decisión de ser baja voluntaria es aquella cuya decisión recae totalmente en la persona solicitante.
  2. Edad de jubilación: La involuntaria es posible con 4 años menos de la edad legal de jubilación edad legal de jubilación, mientras que la voluntaria va a partir de 2 años menos.
  3. Requisitos de cotización: con la involuntaria son necesarios 33 años cotizados, mientras que la voluntaria son 35 años.
  4. Cantidad de la prestación por jubilación: En caso de voluntaria, es necesario que la pensión restante a percibir sea superior a la mínima que se percibiría en caso de jubilarse en la edad legal de jubilación. En caso de la involuntaria no existe este requisito, por lo que no importa la cantidad a percibir.


Penalizaciones por Adelanto en la Jubilación voluntaria

                                 


Penalizaciones por Adelanto en la Jubilación involuntaria


viernes, 20 de diciembre de 2024

Y se celebra la navidad con dos nuevos despidos

Hoy viernes 20 de diciembre RRHH nos ha comunicado la ejecución de 2 nuevos despidos disciplinarios, con fecha de efecto el mismo 20 de diciembre de 2024, en el centro de trabajo de Sevilla y de Tenerife conforme al articulo 62 del Estatuto de los trabajadores.


Con éstos ya son 52 las y los trabajadores despedidos o despedidas en AtoS IT durante 2024, distribuidos por centros de la siguiente manera:

  • Madrid: 31
  • Sevilla: 14
  • Tenerife: 4
  • A Coruña: 1
  • Valencia: 1
  • Toledo: 1

Consulta aquí la entrada anterior sobre los despidos en AtoS IT para conocer la evolución de esta situación.

miércoles, 18 de diciembre de 2024


Desde la sección de CGT, como viene siendo habitual, queremos haceros un pequeño resumen del 2024 y valorar el trabajo que juntos hemos llevado a cabo.

Este ha sido un año de incertidumbre y preocupación por la mala situación económica de la empresa, en la que hemos estado atentos y vigilantes en todo momento.

Llegamos a un acuerdo de conciliación ante la demanda que presentamos por la actualización de los Salarios Base para el colectivo de la extinta Siconet, obteniendo subidas salariales retroactivas desde 2018 y el pago de atrasos. También supervisamos que ninguna categoría laboral quedara por debajo del nuevo Salario Mínimo Interprofesional de 2024. 

Llevamos más de año y medio negociando la unificación de Condiciones para conseguir un convenio común que beneficie a toda la plantilla. Mientras la empresa propone condiciones precarias, desde CGT luchamos para que no se pierdan los derechos ya adquiridos en cada colectivo.

Desde las Comisiones de Igualdad, Formación y CSSL hemos trabajado para que salgan adelante el II Plan de Igualdad de Atos IT, el Protocolo LGTBI, un Canal de Denuncias para los incidentes de acoso, el Plan de Prevención para los riesgos de salud laboral y el Plan de Formación Anual con los cursos e itinerarios formativos que se realizan durante el año.

En el día a día damos apoyo, asesoramiento y respuesta a todas las dudas o problemas que nos planteáis, incluidos los despidos, que lamentablemente en lo que llevamos de año llegan a 50. 

Para CGT es importante que nos hagáis partícipes de vuestras inquietudes y, para ello, disponemos de diversos canales de comunicación que están a vuestra disposición a través de los correos, el Teams, o de forma personal con nuestros delegados.

No queremos cerrar 2024, sin un recuerdo hacia nuestro compañero y delegado de CGT, Ricardo, que nos dejó demasiado pronto. ¡Siempre en nuestro corazón!

Desde CGT os deseamos unas felices fiestas y un próspero año nuevo, lleno de energía para seguir trabajando en la defensa de los derechos de todas y todos los trabajadores. Juntos haremos de Atos IT un lugar más justo e igualitario, donde todos tengamos las mismas oportunidades y derechos. 

martes, 17 de diciembre de 2024

Altas y bajas en noviembre 2024

Estos son los datos mensuales facilitados oficialmente por la empresa a la RLPT en diciembre, de las altas y bajas que se han producido en los centros de Trabajo de Atos IT durante el pasado mes de noviembre de 2024.


lunes, 9 de diciembre de 2024

Otro golpe a la plantilla: 2 nuevos despidos en AtoS IT

El pasado jueves 5 de diciembre RRHH nos comunicó la ejecución de 2 nuevos despidos objetivos, con fecha de efecto el mismo 5 de diciembre de 2024, en el centro de trabajo de Albarracín 25, Madrid, y en base a lo dispuesto en el artículo 52.c del Estatuto de los Trabajadores.

Con éstos ya son 50 las y los trabajadores despedidos o despedidas en AtoS IT durante 2024, distribuidos por centros de la siguiente manera:

  • Madrid: 31
  • Sevilla: 13
  • Tenerife: 3
  • A Coruña: 1
  • Valencia: 1
  • Toledo: 1

Consulta aquí la entrada anterior sobre los despidos en AtoS IT para conocer la evolución de esta situación.

lunes, 25 de noviembre de 2024

Rechazo del informe de solicitud de Distintivo de Igualdad en la Empresa 2024


Recientemente, la empresa nos ha solicitado la firma para la CANDIDATURA AL “DISTINTIVO DE IGUALDAD EN LA EMPRESA 2024” (DIE).

Este distintivo de excelencia, lo otorga el Ministerio de Igualdad a las empresas que promueven la igualdad de género con planes de conciliación, medidas para acabar con la brecha salarial y equidad en el acceso al empleo.

La empresa debe presentar un documento en el cual se adjuntan evidencias de que se están cumpliendo las medidas contenidas en el Plan de Igualdad. Como paso previo a la presentación de la candidatura, y sin apenas tiempo para su estudio en detalle, la empresa nos lo envió a la RLPT para su firma. Una vez revisado comprobamos que algunos puntos eran inexactos, no plasmaban la realidad y podían dar una visión muy maquillada de la igualdad en la empresa. Tampoco pudimos ver las evidencias porque no las adjuntaron.

Las conclusiones a las que llegamos una vez analizado el informe fueron:

1.  El “Distintivo de Igualdad en la Empresa 2024” solicitado, puede beneficiar a la empresa en algunos aspectos, pero también entendemos que sólo tiene sentido si se cumple mediante evidencias el Plan de Igualdad, motivo por el que se elabora el informe.

2.   Los delegados de CGT no podemos certificar ni legalizar dicho informe, siendo desconocedores de gran parte de los aspectos descritos en este (procedimientos, criterios, medidas y evidencias que se indican).

3.   Creemos que la RLPT debe participar en todos los procedimientos descritos y disponer de la documentación necesaria para certificar las evidencias que el documento describe. 

Por todo esto, decidimos no firmar el DIE.

Como Sección Sindical de CGT, nos encantará firmar el distintivo DIE 2025, pero eso pasa porque durante el año que viene se nos vayan presentando las evidencias, con tiempo suficiente para evaluarlas, y la empresa se siente a negociar con la RLPT los temas relacionados con Conciliación e Igualdad.