jueves, 29 de octubre de 2020

AtosIT: Altas y Bajas en septiembre de 2020

Estos son los datos mensuales, facilitados oficialmente por la empresa a la RLT en octubre, de las Altas y Bajas que se han producido en los centros de Trabajo de AtoSIT durante el pasado mes de septiembre de 2020.

                                                                                                         Anterior entrada resumen del altas y bajas

miércoles, 28 de octubre de 2020

[MADRID] Fiestas Laborales del 2021

 Ya están publicadas las fiestas laborales para el año 2021.

El calendario laboral resultante para dicho año (8 fiestas nacionales, 4 comarcales y 2 locales) es el siguiente:

Los ocho festivos que se disfrutan a nivel nacional este 2021 son:      


1 de enero (Año Nuevo),
6 de enero (Epifanía del señor),
2 de abril (Viernes Santo),
1 de mayo (Fiesta del Trabajo),
12 de octubre (Fiesta de la Hispanidad),
6 de diciembre (día de la Constitución),
8 de diciembre (Inmaculada Concepción),
25 de diciembre (Natividad del Señor).

Los cuatro festivos de la COMUNIDAD DE MADRID:

19 de marzo (San José),

1 de abril (Jueves Santo),

3 de mayo (lunes, traslado del día de la Comunidad de Madrid),

1 de noviembre (lunes, Todos los Santos),


Los dos festivos LOCALES (son los que faltarían) corresponde asignar a cada municipio.

COMUNICADO DE CGT EN DEFENSA DEL SISTEMA PUBLICO DE PENSIONES

“El Pacto de Toledo es el problema para el Sistema Público de Pensiones y la solución para el capital y los empresarios” 

El sistema público de pensiones, basado en tres principios esenciales: universalidad de las pensiones, suficiencia de recursos del sistema a través de los impuestos, bien directos e indirectos y el principio de equidad garantizado a través de un sistema de reparto y solidario, para que todo el mundo aporte en función de sus ganancias y todo el mundo reciba una pensión que garantice un medio de vida digno, ha sido un objetivo de las clases empresariales  para apropiarse de esos cientos de miles de millones y garantizar sus tasas de ganancia y modelos de vida, a costa del empobrecimiento y el expolio de los derechos fundamentales y de las necesidades de una población bien mayor, bien enferma, bien incapacitada para el trabajo.  

En 1995, todas las fuerzas políticas, representantes de los intereses particulares de la clase burguesa, al igual que en 1977 llegaron a un consenso en los denominados Pactos de la Moncloa para controlar a una clase obrera en conflicto y con conquistas de derechos tales como salarios, libertades, condiciones de trabajo y de vida, firmaron y consensuaron el denominado Pacto de Toledo, para proceder al gran asalto a los Sistemas públicos de Pensiones de reparto y solidaridad.   

La excusa no pudo ser más espuria y lo hicieron para “racionalizar los SSPP y garantizar su sostenibilidad” y gran parte de ese “pacto contra el SSPP” se llevó a la ley en el 97, aprobada y acordada previamente con los denominados “agentes sociales”: CC.OO, UGT, CEOE y Cepyme y en la línea con lo ordenado por la U€, que en su Conferencia de Ámsterdam de Junio de 1997, define el déficit público como el problema central. La Europa de los quince -en esos momentos-, acuerda un ʺpacto de estabilidadʺ consistente en mantener una disciplina presupuestaria para siempre.  

En el caso del Estado Español la tasa de paro doblaba, y ahora también, la media europea y  si además le sumamos el envejecimiento de las poblaciones y el crecimiento del número de pensiones y de su cuantía, el problema de la “sostenibilidad de los SSPP” podría llegar a sufrir tensiones y conflictos de cierta envergadura, y los Estados y sus clases políticas  deciden intervenir a través de políticas de recortes de los ingresos al Sistema Público y recorte de los gastos: bajada de las cotizaciones empresariales, mantenimiento de las elusiones en la cotización de las rentas salariales medias-altas, retraso de la fecha de jubilación, alargamiento del período de cálculo, separación de las fuentes de financiación para de esta manera seguir el robo y el expolio de los capitales, manteniendo su no contribución en función de sus ingresos, y desanclar los incrementos de las pensiones anuales en función del coste de la vida, y no tienen ninguna intención política de intervenir en las políticas de ingresos aumentando la presión fiscal sobre los capitales, los beneficios, las rentas altas, las rentas financieras , estableciendo políticas radicales en la lucha contra el fraude fiscal, focalizado en las rentas altas).  

viernes, 23 de octubre de 2020

[MAD] Lotería Navidad 2020

 


Ya está disponible la lotería de navidad de CGT del 2020, pero debido a la peculiaridad de estos tiempos de pandemia y la dificultad de venderla presencialmente en nuestro local, nuestro Sindicato ha habilitado un acceso en su web para poder tramitar, si lo estimas oportuno, la compra de papeletas.
 
Compra aquí lotería de navidad 2020 de la CGT.

CESTAS DE NAVIDAD 2020

 Se están recibiendo correos por parte de ‘’Beneficios Sociales’’ a algunos trabajadores de Atos It, indicando la elección y entrega de la cesta de navidad de 2020.

También indican expresamente:

’’Te recordamos que la cesta de Navidad se considera una retribución en especie, por tanto, en cumplimiento de la normativa fiscal vigente, en la nómina de diciembre, el empleado tributará y cotizará por su importe.’’, pero no se especificaba ningún importe.

 A la RLT de Atos It, la dirección de la empresa tampoco ha informado del importe dedicado a las cestas de navidad para los trabajadores de Atos IT.

sábado, 17 de octubre de 2020

NUNCA MÁS MUERTES EVITABLES EN SANIDAD

EL 17 OCTUBRE ÚNETE A LAS MOVILIZACIONES ESTATALES DE SANIDAD

En estos meses, políticos de todos los colores han tomado medidas contrarias a lo que dicta el sentido común y lo que clamaban los trabajadores sanitarios. Nos han aplicado, como vienen haciendo desde hace años, la medicina equivocada. No se ha potenciado la atención primaria, ni los laboratorios, ni las UCIs. No se han contratado los rastreadores necesarios, ni se han incrementado las, ya de por sí, escuálidas plantillas. Los miles de millones de euros, extraídos de nuestros impuestos y repartidos entre las diferentes administraciones sanitarias no han servido nada más que para llenar los bolsillos de las empresas y personajes que llevan años esquilmando la sanidad. Todo legal gracias a que unos ejecutan las medidas que llevan al desmantelamiento y al colapso de los dispositivos sanitarios, y otros las permiten al mantener el entramado legal. Sin embargo, los sectores más dinámicos han estallado en barrios y pueblos.
 

Hemos comprobado que ni la masacre de las residencias, ni los muertos producidos por la falta de respuesta del sistema a otras patologías, les importan. Ahora de nuevo es muy probable que los que estén en primera línea pueden verse de nuevo obligados, por falta de medios, a decidir a quién intentar salvar la vida y a quien no. Nos han llevado a la segunda ola, con premeditación, no es incapacidad.

Nos podemos indignar, pero no es suficiente. De nuevo habrá muertos que podrían haberse evitado, centenares de miles de trabajadores al paro, desahucios, pobreza, dolor... sobre todo repartido entre los de siempre, la clase trabajadora. Y el sistema sanitario saldrá más desmantelado, con pavorosas listas de espera, y los seguros privados frotándose las manos ante el negocio que se les abre ante sus ojos.

Este es un problema nuestro, si lo dejamos en las manos de quienes nos han traído a esta situación, nos arrepentiremos. Ahora más que nunca, es una necesidad salir a la calle para expulsar a los ladrones y defender el sistema público de salud. El próximo sábado 17 de octubre, saldremos a las calles de diferentes ciudades del estado español para protestar por esta situación y poder presionar para revertirla. Únete a la manifestación en Madrid desde Atocha a Pta. del Sol (Por  Jacinto Benavente) a partir de las 19 h.

Nunca más muertos evitables, Nunca más negocio con la sanidad.

¡Derogación de la ley 15/97 y del artículo 90 de la Ley General de Sanidad!

Puedes leer el manifiesto de  CAS Estatal que abajo adjuntamos.

http://www.casmadrid.org/images/campanas/nunca_mas_muertes/1-PUNTOS%20y%20MANIFIESTO%20NUNCA%20MAS.pdf

 

jueves, 15 de octubre de 2020

¿¿Mesas de Negociación??

En la reunión mantenida ayer día 14 de octubre de seguimiento sobre retorno a las oficinas, hubo un momento determinado en el cual la representación de la empresa tiró una BOMBA, de que quiere abrir dos mesas de negociación en AtosIt.

 A las 20:36 horas de ese mismo día y después de sobrepasada la jornada laboral,  llegó un correo que decía:

"Conforme a lo tratado en la reunión mantenida en el día de hoy agradecemos que antes de finalizar la jornada del viernes nos faciliten los nombres de las personas que formarán por su parte las mesas propuestas en la misma respetando la representatividad que ostentan para evitar malentendidos o problemas en caso de adoptase acuerdos.

Mesa teletrabajo.

Mesa  futuras medidas de ajuste plantilla."

Os seguiremos informando

miércoles, 14 de octubre de 2020

El Gobierno aprueba los reglamentos de igualdad laboral entre mujeres y hombres

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes dos reales decretos con los reglamentos que desarrollan la ley de igualdad laboral, "para ayudar a aflorar desigualdades en el mundo del trabajo y dotar de herramientas a los trabajadores para eliminarlas".

El Real Decreto que regula los planes de igualdad y su registro implica la obligación de       presentarlo en aquellas empresas con más de 50 trabajadores cualquiera que sea el número de centros de trabajo o la forma de contratación laboral. 

Los planes de igualdad de empleo en las empresas estarán vigentes según pacten las partes y por un máximo de cuatro años, pero una vez aprobados seguirán activos aunque la empresa reduzca su plantilla 

Los planes de igualdad deben informar de la clasificación profesional, de la formación que ofrece la empresa, de la promoción profesional o de las condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres, así como del ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral del empleado. 

También deben contemplar las retribuciones, la infrarrepresentación femenina si la hubiera, y los planes de Prevención del acoso sexual y por razón de sexo. 

Además, el Gobierno ha aprobado otro real decreto que explica el desarrollo reglamentario de la igualdad retributiva entre mujeres y hombres y que contempla que las medidas se extiendan a la Administración Pública, así como la obligación de elaborar una Guía técnica para las auditorías retributivas.

En los próximos seis meses las empresas de más de 50 trabajadores tendrán que tener listas y publicadas estas tablas salariales aun cuando el número de personas trabajadoras se sitúe por debajo de 50, una vez constituida la comisión negociadora.

La empresa registrará su plan de igualdad en un Registro público de Convenios y Acuerdos Colectivos y la Administración le concederá el distintivo de "Igualdad en la empresa".

El registro deberá contar con información retributiva desagregada por sexos de toda la plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos, desglosada y promediada por clasificación profesional y por trabajos de igual valor, e incluyendo salario base, complementos salariales y percepciones extrasalariales. 

miércoles, 7 de octubre de 2020

[Madrid] El TSJ de Madrid rechaza anular de forma urgente las restricciones de movilidad

 Prensa Tribunal Superior de Justicia de Madrid. - La Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha decidido no adoptar la petición de medidas cautelares urgentes solicitadas por el grupo parlamentario Vox en la Asamblea de Madrid contra la Orden 1273/2020, de 1 de octubre, de la CAM por la que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión no controlada de infecciones causadas por el SARS-COV-2, al entender que en el presente procedimiento no se da la situación constitutiva de vía de hecho, tal y como exige el artículo 136.1 de la LRJCA (a Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa), que alegaba la formación política para solicitar la suspensión la eficacia de la Orden. 
                                                                                                                                                Noticia Completa     

viernes, 2 de octubre de 2020

Sanidad publica las nuevas restricciones frente a la pandemia

 Ámbito de aplicación

Dispone el Acuerdo que la declaración de actuaciones coordinadas obligará a las comunidades autónomas a adoptar al menos las medidas que se prevén en los municipios de más de 100.000 habitantes que formen parte de su territorio.

Las tres circunstancias aprobadas.

— Una incidencia de 500 casos o más por 100.000 habitantes en 14 días (medida hasta 5 días antes de la fecha de valoración). Este criterio no será de aplicación si al menos el 90% de los casos detectados en el municipio se corresponden con brotes no familiares perfectamente identificados y controlados, y si estos han sido convenientemente comunicados al Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias del Ministerio de Sanidad.


— Un porcentaje de positividad en los resultados de las pruebas diagnósticas de infec
ción activa por COVID-19 realizadas en las dos semanas previas superior al 10%.


— Que la comunidad autónoma a la que pertenezca el municipio presente una ocupación de camas por pacientes COVID-19 en unidades de cuidados intensivos superior al 35% de la dotación habitual de camas de cuidados críticos en los centros hospitalarios.
Restricciones de movilidad y contacto social

Medidas:

— Se restringirá la entrada y salida de personas de los municipios afectados, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales; asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil; retorno al lugar de residencia habitual; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; desplazamiento a entidades financieras y de seguros que no puedan aplazarse; actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales; renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables; realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables; por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.


— La circulación por carreteras y viales que transcurran o atraviesen estos municipios será posible, siempre y cuando tenga origen y destino fuera de los mismos. La circulación de personas residentes dentro de ellos será posible, siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva
 establecidas por las autoridades sanitarias. Se recomienda además evitar todo movimiento o desplazamiento innecesario.

 

Aforos, distancias y horarios


— Lugares de culto: aforo máximo de un 1/3, con distancia mínima interpersonal de 1,5 metros.

— Velatorios: aforo máximo de 15 personas en espacios al aire libre o 10 en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación de la persona fallecida se restringirá a un máximo de 15 personas.


— Establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público: aforo máximo del 50%. La hora de cierre no podrá superar las 22:00 horas.


— Establecimientos de hostelería y restauración y de juegos y apuestas: aforo máximo del 50% en espacios interiores y del 60% en espacios exteriores; el consumo en barra no estar
á permitido; las mesas o agrupaciones de mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas; la ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas; no podrán admitirse nuevos clientes a partir de las 22:00 horas y la hora de cierre no podrá superar las 23:00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.


— Academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas: aforo máximo del 50%.


— Instalaciones deportivas, tanto al aire libre como de interior: aforo máximo del 50% en espacios interiores y del 60% en espacios exteriores; la práctica deportiva en grupos se reducirá a un máximo de seis personas. En las competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional y las competiciones internacionales que estén bajo la tutela organizativa de las Federaciones deportivas españolas será de aplicación el Protocolo elaborado por el Consejo Superior de Deportes.

Adopción de medidas por las comunidades autónomas en el plazo de 48 horas desde su publicación, (el sábado deberán estar vigentes, si la justicia no lo impide)

La Presidenta de la Comunidad de Madrid ha solicitado a la Audiencia Nacional que paralice cautelarmente las medidas.


jueves, 1 de octubre de 2020

89 años del voto femenino en España: el triunfo de Clara Campoamor que acabó con ella

La situación resultaba realmente paradójica: la ley permitía a las mujeres españolas ser parlamentarias, ocupar un escaño en el Congreso de los Diputados, pero no podían ejercer su derecho a voto en las urnas. No existía en España a comienzos de los años 30 el sufragio femenino; una anormalidad democrática que hubiera sido imposible de solventar sin la figura de Clara Campoamor. La diputada del Partido Radical fue la abanderada del movimiento sufragista que logró ver aprobado en las Cortes, el 1 de octubre de 1931, el derecho de las mujeres a elegir a sus representantes políticos.

Pero hubo que esperar más de dos años, hasta el 19 de noviembre de 1933, para que esa imagen fuese real: el día que las mujeres votaron por primera vez en la historia de España. Al día siguiente, los periódicos se hacían eco de ese paso de gigante hacia la igualdad: "La participación de la mujer española en los comicios fue, indudablemente, la nota predominante de la jornada. En todos los colegios electorales excedió el número de electoras al de electores, y en algunos en proporciones enormes".

Casi siete millones de hembras fueron llamadas a las urnas el 19 de noviembre de 1933. Era la primera vez que podían alzar la voz en la configuración del Estado y respondieron de forma apabullante. Esos comicios fueron los segundos que se celebraban durante la II República y se saldaron con la victoria de las fuerzas de la derecha, integradas en la CEDA. Clara Campoamor vio su sueño cumplido, celebró su particular victoria, pero perdió el escaño que poseía por la provincia de Madrid.

El camino hacia la materialización del sufragio femenino, no obstante, había sido arduo; incluso contó con la oposición de Victoria Kent, una de las tres diputadas que integraban el Congreso en aquella legislatura (1931-1933), y quien defendía aplazar el reconocimiento del voto femenino hasta que las mujeres hubiesen atravesado "un periodo universitario y estuvieran liberadas de su conciencia". Campoamor, en su famoso discurso el 1-O de 1931, respondió que no se podía dejar a la mujer al margen de la República: 

"¡Las mujeres! ¿Cómo puede decirse que cuando las mujeres den señales de vida por la República se les concederá como premio el derecho a votar? ¿Es que no han luchado las mujeres por la República? ¿Es que al hablar con elogio de las mujeres obreras y de las mujeres universitarias no está cantando su capacidad? (...) ¿Cómo puede decirse que la mujer no ha luchado y que necesita una época, largos años de República, para demostrar su capacidad? Y ¿por qué no los hombres?".

Las elecciones de 1933 se saldaron con cinco mujeres diputadas: Margarita Nelken, —la única que revalidaba su escaño—, Veneranda García Blanco, María Lejárraga y Matilde de la Torre, todas ellas del Partido Socialista, y Francisca Bohigas, de la CEDA.