miércoles, 14 de octubre de 2020

El Gobierno aprueba los reglamentos de igualdad laboral entre mujeres y hombres

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes dos reales decretos con los reglamentos que desarrollan la ley de igualdad laboral, "para ayudar a aflorar desigualdades en el mundo del trabajo y dotar de herramientas a los trabajadores para eliminarlas".

El Real Decreto que regula los planes de igualdad y su registro implica la obligación de       presentarlo en aquellas empresas con más de 50 trabajadores cualquiera que sea el número de centros de trabajo o la forma de contratación laboral. 

Los planes de igualdad de empleo en las empresas estarán vigentes según pacten las partes y por un máximo de cuatro años, pero una vez aprobados seguirán activos aunque la empresa reduzca su plantilla 

Los planes de igualdad deben informar de la clasificación profesional, de la formación que ofrece la empresa, de la promoción profesional o de las condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres, así como del ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral del empleado. 

También deben contemplar las retribuciones, la infrarrepresentación femenina si la hubiera, y los planes de Prevención del acoso sexual y por razón de sexo. 

Además, el Gobierno ha aprobado otro real decreto que explica el desarrollo reglamentario de la igualdad retributiva entre mujeres y hombres y que contempla que las medidas se extiendan a la Administración Pública, así como la obligación de elaborar una Guía técnica para las auditorías retributivas.

En los próximos seis meses las empresas de más de 50 trabajadores tendrán que tener listas y publicadas estas tablas salariales aun cuando el número de personas trabajadoras se sitúe por debajo de 50, una vez constituida la comisión negociadora.

La empresa registrará su plan de igualdad en un Registro público de Convenios y Acuerdos Colectivos y la Administración le concederá el distintivo de "Igualdad en la empresa".

El registro deberá contar con información retributiva desagregada por sexos de toda la plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos, desglosada y promediada por clasificación profesional y por trabajos de igual valor, e incluyendo salario base, complementos salariales y percepciones extrasalariales. 

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