Después de mantener varias reuniones con RRHH, nos han indicado lo siguiente:
- Para los colectivos de Bull y Atos IT Madrid, nos dicen que las compensaciones por perdida de jornada intensiva, ya las tienen reguladas por convenio y son las siguientes, (compensaciones que creemos insuficientes, pero al estar acordadas....):
BULL à Tiene regulada esta materia en su Convenio Colectivo à Semana natural de invierno como tiempo de descanso.
ATOS IT MADRID à Por Convenio Colectivo:
Hora por hora en tiempo libre siempre que se superen las 35 h semanales dentro del periodo de jornada intensiva, y siempre que en jornada de invierno hagan 40 h semanales.
Ayuda Comida cuando se parta la jornada intensiva y/o cuando se aplique Ventana de Servicio con flexibilidad de 1,5 h de desplazamiento conllevando esto que el trabajador parta la jornada.
- Mientras que para el resto de colectivos que no tienen nada regulado, trabajadores procedentes de Daesa, Infoservicios, Mundivia y Siconet, Nos indican que no van a negociar nada y que ofrecen las siguientes compensaciones.
COLECTIVOS DE DAESA,
INFOSERVICIOS, MUNDIVIA Y SICONET à
Hora Extra en
tiempo o dinero siempre que se superen las 35 h semanales dentro del
periodo de jornada intensiva de cada colectivo, y siempre que en jornada
de invierno hagan 40 h semanales.
Ayuda Comida de 7,5 euros cuando se parta la jornada intensiva.
La actitud de no negociar de RRHH nos parece lamentable, y su oferta para estos últimos colectivos ridícula. Ya que no estamos hablando de la compensación por hacer horas de más, sino la compensación por la perdida de jornada intensiva, que es de 8:00 a 15:00.
- ¿Qué pasa con los compañeros a los que se les solicita un desplazamiento de jornada, sin hacer ninguna hora de más?. Por ejemplo un horario de 10:00 a 17:00.
- ¿Y a los compañeros que se les solicita hacer un horarios de 09:00 a 18:30 solo se les paga una hora extra?
- ¿7,5 euros de comida y solo si se parte la jornada?
Desde CGT creemos que no solamente hay que compensar las horas hechas de más, sino que también todas las horas de desplazamiento, o sea todas las que se realicen por encima de las 15:00 que marca el horario de verano, aunque se hagan 35 semanales. Ya que queremos recordar que estos colectivos no tiene la ventana de servicio que tiene Atos IT y que nos quieren meter a todos en el nuevo convenio estatal. Y en el caso de desplazamiento horario sin que se parta la jornada, también se debería recibir la ayuda comida.
También queremos recordar a los trabajadores de estos colectivos, que las modificaciones del horario que conllevan esta perdida de jornada intensiva, son totalmente VOLUNTARIAS y no existe obligación de hacerlas.
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