miércoles, 12 de mayo de 2021

ACUERDO EN LOS REQUISITOS DE ACREDITACION PARA REDUCCIONES DE JORNADA POR CUIDADO DE FAMILIARES.

Hoy, 12 de mayo, se ha celebrado en el SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje) el acto de mediación. sobre el procedimiento por motivo de discrepancias con los requisitos de acreditación para reducciones de jornada por cuidado de familiares, promovido por CGT, con el resultado de "Acuerdo". 

Han asistido representantes de las secciones sindicales de (CGT, CCOO, UGT) algunos de manera presencial y otros de manera telemática. Por parte de la Empresa AtoS IT asistieron, la directora de RRHH, un representante de la empresa y una letrada.
 
La Abogada de CGT realizo la exposición de la situación alegando que la documentación que exige la empresa no es accesible a todas las personas trabajadoras que quieren solicitar la reducción de jornada por cuidados a familiares, el resto de las secciones sindicales están de acuerdo con lo expuesto.
 

La empresa intentando desacreditar la exposición alega que esto está promovido por una situación personal de una delegada de CGT que le ha sido denegada la solicitud y que esto no es un conflicto colectivo, a lo que tanto los mediadores como nuestra abogada y los representantes de los trabajadores recuerdan que la solicitud de documentación que exige la empresa es para todas las personas trabajadoras de Atos IT, que quieran solicitar reducciones de jornada por cuidado de familiar.

Los mediadores proponen una modificación en la redacción del documento y la empresa acepta la sustitución de la redacción del apartado B de la solicitud de reducción de jornada por cuidado de familiar por el siguiente: 

  • ‘’Acreditación del cuidado directo del familiar por cualesquiera medios de prueba, admitidos en derecho, tales como: informe de los servicios sociales, informe del médico de atención primaria, centro de día u otros’’.  

La intención de CGT era restablecer la documentación que se exigía anteriormente, o en su caso eliminar la exigencia de la empresa de que la persona trabajadora solicitante del derecho no tuviera que acreditar que fuera la única persona que se encargue de los cuidados. La empresa admite modificar el documento, pero no dejarlo como estaba. 

  
Finalmente se firmó un acta con ACUERDO.

Tanto las persona que no hayan podido conseguir la documentación que se les solicitaba anteriormente (quitándose la jornada reducida), como los que no tenían reducción de jornada, pero tienen intención de solicitarla, ya pueden pedirla conforme a la nueva redacción de la solicitud. 

Para cualquier duda, estamos a vuestra disposición.



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