“Esta interpretación reduccionista que propugna el sindicato recurrente [CC OO y UGT] resultaría contraria al derecho de libertad sindical y al pluralismo sindical”, considera la sentencia de la sección octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional.
ENLACE A LA NOTICIA COMPLETA:
No hay comentarios:
Publicar un comentario