jueves, 24 de junio de 2021

La Audiencia Nacional confirma la nulidad del ERTE de Konecta BTO por el Covid-19.

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La Audiencia Nacional ha dado la razón en recurso de alzada que CGT tramitó frente Ministerio de Trabajo por la que se anula el ERTE de la empresa Konecta.

Al igual que en muchas otras empresas, la dirección de Konecta comunicó el inicio de un expediente de regulación temporal de empleo por causas de Fuerza Mayor. Inicialmente el Ministerio de Trabajo, debido a la carga de trabajo, aprobó la solicitud del ERTE por silencio administrativo que afectaba a los centros de trabajo de la empresa sitos en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Cataluña, Extremadura, Comunidad de Madrid y Comunidad Valenciana.

Pero la CGT no se conformó y presentó un recurso de alzada ante la ministra de trabajo para dejar sin efecto la suspensión de 502 contratos. Primero el Ministerio de Trabajo, y ahora la Audiencia Nacional, han dado la razón a CGT.

Esta sentencia obliga a la empresa Konecta a devolver las prestaciones y bonificaciones en las cotizaciones de estas personas, así como a ingresar al SEPE las cantidades percibidas por las personas trabajadoras y revoca los efectos de dicho expediente conservando el derecho al salario correspondiente al período de regulación de empleo, que queda anulado.




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