Nuestros abogados nos han indicado que la empresa tiene intención de recurrir la sentencia. Se ha abierto un plazo para formalizar dicho recurso.
Después
de esto, el TSJ resolverá, por lo que la sentencia aún no es ejecutiva hasta
que sea firme con la resolución del TSJ, por lo que nos toca esperar para verlo
reflejado en nóminas.
De
todas formas, si aún no habéis solicitado formalmente la corrección y abono de
los importes por la antigüedad, os aconsejamos que lo hagáis para que estos se
hagan efectivos un año hacia atrás desde dicha solicitud una vez la sentencia
sea ejecutiva.
En cuanto tengamos más información, os la trasmitiremos.
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