miércoles, 7 de noviembre de 2018

Adaptación de categorías al nuevo Convenio TIC (capitulo II)


La empresa ha convocado al Comité de Empresa de Atos IT en Albarracín 25 el 8 de noviembre de 2018, para continuar tratando las Equivalencias de Categorías Profesionales del Convenio de Consultoras …... Esperamos avances al respecto, más alla de la respuesta personalizada de la empresa a las solicitudes, y dejar resuelto lo antes posible este asunto de forma satisfactoria para tod@s l@s trabajador@s.


Adjuntamos el correo que enviamos a la plantilla el 28 de septiembre informando de lo tratado en la última reunión que mantuvimos con la empresa sobre el tema de referencia:

El 26 de septiembre tuvimos una reunión con RRHH en la que tratamos el tema de la trasposición de las categorías antiguas hacia las nuevas del “XVII Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría, y estudios de mercados y de la opinión pública”.
A tod@s l@s trabajador@s de Atos It afectados (a los que aplica dicho convenio), en el mes de junio se les comenzó a aplicar la nueva categoría establecida en este nuevo convenio.

El problema surge cuando se pasa a la categoría AREA 3 Grupo B Nivel II, que según la definición es personal con poca experiencia en su cargo, a todos los que anteriormente tuvieran alguna de las siguientes categorías: Analistas, Analistas de Sistemas, Jefe de Proyecto, Consultor Jefe, Consultor Jefe de proyecto, Analista Funcional SR, Analista Funcional, Analista Funcional JR, Analista Orgánico SR, Analista Orgánico, Analista Orgánico JR, Consultor SR, Consultor Confirmado 1, Consultor confirmado 2, Consultor Base 1, Consultor Base 2, Consultor Base 3, Consultor JR, Ingeniero de Sistemas SR, Ingeniero de Sistemas, Ingeniero de Sistemas JR, Técnico de Sistemas SR, Técnico de Sistemas, Técnico de Sistemas JR.
En la reunión con RRHH la empresa reconoció que en algunos casos la trasposición no es la más adecuada y están estudiando la manera de subsanar el conflicto, este es un tema que afecta a todo el personal del grupo Atos.
Se les pidió un calendario de actuaciones, fecha de comunicación a los trabajadores si están afectados o no, fecha de efectividad en las nóminas, fecha de próxima reunión…, pero lo único a lo que se han comprometido es que a lo largo de la semana que viene (primera semana de octubre), enviarán un correo personal a cada un@ de l@s trabajador@s que han realizado la reclamación, indicando que se está estudiando su caso en concreto.

Se les solicito que se enviara a todo el personal que pudiera estar afectado por esta categoría, pero la respuesta por parte de la empresa fue que No. Solo lo enviarán a quienes hayan realizado la reclamación, aunque también dijeron que revisarían la categoría AREA 3 Grupo B Nivel II en todos los casos, y aplicarían las nuevas a los que cumplan los criterios, con independencia de haber hecho o no la reclamación.

Los criterios que seguirán para modificar el nivel de est@s trabajad@s nos parecen subjetivos y así se lo hemos trasladado, exigiendo que deben ser criterios objetivos y que deberíamos ser partícipes de estos, creando una comisión con representantes de la empresa y representantes de los trabajadores. Nos emplazaron a octubre para darnos respuesta a la creación o no de esta comisión.

Una CCOOrdinadora sin ningún tipo de vergüenza


No nos gusta volver a escribir un comunicado de este tipo, ya que siempre nos hacéis llegar que debería haber unión sindical y que no deberíamos estar a la gresca, pero creemos que es necesario ya que CCOO en AtoS IT de Industria es un verdadero peligro para los trabajadores y trabajadoras. Ha entrado en una deriva autoritaria, de engaños y propaganda, cuyo único fin parece ser satisfacer el ego de sus machos alfa y los intereses de su federación.
 
Podríamos hablar de muchas cosas, como por ejemplo:

 Podríamos hablar del mierdiconvenio que firmaron en AtoS IT Madrid y de cómo estuvieron a punto de trasladarlo a nivel estatal, y como han mentido en diversas ocasiones para intentarnos vender la moto.

 O podríamos hablar de cómo desprecian resultados de elecciones convocadas por ellos, cuando no les son favorables, ya que su único objetivo es colocarse con la representatividad mayoritaria y para ello no tienen escrúpulos en crear listas amarillas.

 También podríamos hablar de cómo sistemáticamente han rechazado las solicitudes de unión sindical en AtoS IT, y como su único objetivo es imponer su ley. Como ejemplo cabe destacar su intención de crear un comité intercentros en Madrid con el cual poder controlar todos los centros, incluido el principal de Albarracín en el cual son el sindicato minoritario.

 O también de cómo reventaron la comisión de igualdad, que se creó de un movimiento espontáneo y precioso entre los delegados y delegadas de AtoS IT, pero que al escaparse de su control lo boicotearon para imponer su mayoría a nivel estatal.
Podríamos seguir enumerando, pero hoy vamos a hablar de cómo han intentado reventar la unión sindical entre las RLT's de todas las empresas del Grupo, que buscan la apertura de una negociación con la empresa para conseguir subidas reales para todos y todas. Y como para ello son capaces de mentir a los compañeros y amenazar al resto de delegados del grupo. Además no sabemos a qué juegan, ya que mandan un comunicado de su coordinador estatal a todos los compañeros y compañeras, menos al centro de Albarracín en Madrid, donde lo mandan modificado. Para explicar lo sucedido vamos a poner un enlace de nuestros compañeros de AtoS Spain en donde explican perfectamente lo sucedido:

            Congelación Salarial: Una ccoordinadora estatal que miente y amenaza.
 
Luego vendrá con sus elocuentes comunicados vacíos de contenido, lanzando mentiras o poniéndose medallas del trabajo ajeno. Por eso os pedimos tres cosas:

 A todos los compañeros y compañeras, que no les creáis, que siempre estéis alerta con lo que dicen. Su gran objetivo es firmar un convenio a toda costa, y harán lo que sea para ello, venderán derechos por titulares, como por ejemplo subidas irrisorias. CGT también quiere un convenio pero no está dispuesto a entregar nada, el único camino es la lucha y para ello, y aun sabiendo como son, volvimos a solicitar unión a CCOO y UGT, y ésta volvió a ser despreciada por CCOO.
  
 A los afiliados y afiladas de CCOO, haced lo que sea para que cambie algo dentro de CCOO AtoS IT, ya que sois parte implicada y responsables de sus actuaciones.
  
 A UGT de AtoS IT, que deje de ser la muleta en la que se apoya CCOO.

lunes, 29 de octubre de 2018

Congelación salarial: Desconvocados los Paros y la Huelga

Después de las amenazas de la empresa en el SIMA, las RLT's del Grupo AtoS decidieron aplazar las convocatorias de Paros y Huelga para conseguir que el Grupo se siente a negociar Subidas Salariales reales para tod@s. Esperamos poder informar de nuevas fechas en breve.

A pesar de que los asesores de CGT no vieron más que un farol en esa amenaza de ilegalidad de la empresa,respetamos las opiniones de tod@s los Representantes y no vamos a romper la Unidad Sindical.

  

martes, 23 de octubre de 2018

Congelación Salarial: ¡Atos nos amenaza!


El pasado día 15, representantes de AtoS ITAtoS SpainAtoSWorldGrid y Worldline nos reunimos con la Dirección de la Empresa en sucesivos actos de mediación en el SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje) como paso preceptivo a una convocatoria de Huelga, como establece la ley.
   
Como bien sabéis, llevamos muchísimo tiempo solicitando la apertura de una mesa de negociación para negociar Subidas Salariales para todos. Y la empresa se ha negado categóricamente.

Durante horas la postura de la empresa no cambió: no se va a sentar a ninguna mesa de negociación. Indicó que ya hubo subidas salariales ligadas al Convenio Colectivo Estatal.
 
Incluso la empresa se atrevió a amenazarnos con una hipotética ilegalidad de la convocatoria de Huelga, amparándose en que "el nuevo Convenio Colectivo de Consultoría conlleva la actualización de las tablas salariales". Es bien sabido que a gran parte de la plantilla estas subidas de convenio se las absorben desde hace años y no suponen ningún incremento salarial.

Nuevamente la Empresa busca los caminos más retorcidos e injustos para negarnos nuestro derecho a la Huelga, después de años de congelación salarial. No solo se niega a negociar, sino que encima se atreve a amenazar.
 
Toda la RLT del Grupo Atos está de acuerdo en que no vamos a renunciar a nuestras justas exigencias. No obstante vamos a revisar con nuestras Asesorías Jurídicas el texto del "objeto de planteamiento de la Huelga", que en las convocatorias estatales decía: "El objetivo de la huelga es la apertura de una mesa de negociación entre la Dirección y la RLT con el objetivo de dialogar sobre subidas salariales para toda la plantilla", con el fin de que ninguna persona llamada a la Huelga pueda tener dudas de la legalidad de la misma.

Os iremos informando de las nuevas acciones que iremos realizando, y que necesariamente pasarán por dicha Huelga ya que es el único lenguaje que esta empresa parece entender.

(Comunicado conjunto de las RLT's del Grupo Atos)

martes, 16 de octubre de 2018

El Supremo declara que las prestaciones por maternidad o paternidad no deben pagar IRPF

El Tribunal Supremo ha declarado exentas del pago de IRPF a las prestaciones por maternidad o paternidad percibidas de la Seguridad Social, ratificando una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de 2017 y en contra del criterio que hasta ahora ha mantenido la Agencia Tributaria.
  
El Supremo ha establecido como doctrina legal que "
las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas".
 
La sentencia no dice de forma directa que la prestación de paternidad también esté exenta de IRPF, por la sencilla razón de que no procedía que lo hiciera, ya que el recurso que resolvía esta sentencia solo trataba de la prestación de maternidad. Aunque sí que lo dice de forma "indirecta" pero muy claramente:

La ley del IRPF establece una serie de rentas o ingresos exentos de este impuesto y entre ellos están "las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, hijos a cargo y orfandad". El Tribunal Supremo ha interpretado en su sentencia que dentro de las "demás prestaciones públicas" están también las de maternidad que abona la Seguridad Social (mejor dicho, el INSS). De lo que cabe deducir de forma indiscutible que dentro de esas "demás prestaciones" también estaría la de paternidad porque también es una prestacón relacionada con el nacimiento, parto... Aplicar el criterio contrario sería una discriminación por razón de sexo evidente. De todas formas, la Seguridad Social ha pedido una aclaración al Tribunal Supremo al respecto.

La sentencia de la Sección Segunda de la Sala III de lo Contencioso-Administrativo, considera que la prestación por maternidad y paternidad a cargo del Instituto Nacional de la Seguridad Social puede incardinarse en el supuesto previsto en el párrafo tercero letra h del artículo 7 de la Ley del IRPF, cuando dispone que "igualmente estarán exentas las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, hijos a cargo y orfandad".
  
El Supremo entiende que la exención del pago del impuesto incluye la de
maternidad y paternidad "y no sólo las de nacimiento, parto múltiple, adopción e hijo a cargo", y además su alcance "no se limita" a las concedidas por las comunidades autónomas o entes locales, sino que abarca todas las prestaciones por maternidad y paternidad, sin distinción del órgano público del que se perciban.
  
A ello añade el Supremo una interpretación gramatical. "
Cuando el párrafo cuarto comienza con la palabra también estarán exentas las prestaciones públicas por maternidad percibidas de las comunidades autónomas o entidades locales", después de declarar exentas en el párrafo tercero "las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, hijos a cargo y orfandad".
  
La sentencia parece dar a entender que, además de las que corren a cargo de la Seguridad Social, entre las que cabe incardinar las prestaciones por
maternidad y paternidad, están exentas las que por el mismo concepto se reconozcan por las comunidades autónomas y entidades locales, pues en otro caso la partícula "también" sería inútil, y podría dar lugar a entender que el legislador ha querido exclusivamente declarar exentas éstas últimas y excluir las estatales.
  
¿Quiénes la pueden reclamar?
  
La sentencia tiene carácter retroactivo pero con un límite temporal. De esta forma, todas las personas que hayan disfrutado de bajas de
maternidad y paternidad desde 2014 pueden solicitar la devolución de lo que pagaron por IRPF en sus prestaciones, las anteriores quedan prescritas. Esto significa que se pueden reclamar las declaraciones de la Renta de 2014, 2015, 2016 y 2017.
  
Además, quienes hubieran iniciado un procedimiento de reclamación, aun habiendo recibido las prestaciones de
maternidad y paternidad con anterioridad a estos ejercicios, también se verán beneficiados por la sentencia porque el plazo queda en suspenso al haber comenzado el trámite.
  
A partir de ahora, la Agencia Tributaria "
tomará en consideración" el criterio establecido por el Supremo por el que declara exentas del pago de IRPF las prestaciones de maternidad, en la resolución de reclamaciones.


lunes, 15 de octubre de 2018

Subida salarial: Nos vamos al SIMA.....y ????

Hoy, 15 de octubre, a partir de las 10:00 tendrán lugar en el SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje) los procedimientos de mediación para AtoS ITAtoS WorldgridWorldline y AtoS, previos a las convocatorias a nivel estatal, de Paros y Huelga contra la congelación salarial. Si no hay acuerdo seguiremos adelante con las acciones previstas. 
Muchas gracias al compañero Juan Kalvellido por el cartel que nos ha regalado.

miércoles, 3 de octubre de 2018

¿A que huele esto?

El 28 de septiembre recibimos un correo de RRHH con el asunto: Solicitud constitución Comité Intercentros.

Adjuntando una solicitud de la RLT firmante del ‘’ I Convenio Colectivo de AtoS It MADRID’’ recibida el pasado día 20, con meros efectos informativos.

Nos parece extraño y sospechoso que esto llegue cuando en el Comité de Empresa de Albarracin 25 de Madrid, se acordó por unanimidad solicitar a la empresa la posibilidad de representar a todos los centros de Madrid capital.
Desde CGT hemos respondido al correo que envió la empresa con el desacuerdo de esta solicitud, con las formas, el fondo y el reparto.

Que extrañas maniobras están tramando los firmantes del 'mierdaconvenio' de AtoS It Madrid……