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viernes, 27 de mayo de 2022

[Madrid] INICIO JORNADA DE VERANO SEGÚN EMPRESA ORIGEN.

Se acerca el inicio de la jornada de verano y desde CGT queremos recordaros que la jornada de verano para todas las personas trabajadoras de Madrid, según empresa de origen es la siguiente:

MUNDIVIA 

Comienza el 16 de junio y termina el 15 de septiembre, ambos incluidos.

Asimismo, recordamos que este colectivo dispone de 24 días de vacaciones anuales más 2 días de asuntos propios.

BULL

Comienza el 1 de julio y termina el 1 de septiembre, ambos días incluidos.

Asimismo, recordamos que este colectivo dispone de 22 días de vacaciones anuales, salvo las personas trabajadoras que por acuerdo personal o colectivo tuvieran reconocido un período de vacaciones anuales superior, mantendrán dicho período superior a título personal y como condición más beneficiosa.

Convenio de Atos IT Madrid

Comienza el 16 de junio y termina el 31 de agosto. Los días correspondientes a la segunda quincena de junio se podrán disfrutar, preferentemente y a elección del empleado, durante la primera quincena de septiembre. (abriendo el ticket correspondiente).

Asimismo, recordamos que este colectivo dispone de 22 días laborables de vacaciones anuales y a partir del quinto año de antigüedad, el número de días laborables de vacaciones anuales será de 23, salvo las personas trabajadoras que por acuerdo personal o colectivo tuvieran reconocido un período de vacaciones anuales superior, mantendrán dicho período superior a título personal y como condición más beneficiosa.

SICONET 

Comienza el 1 de julio y termina el 31 de agosto.

Adicionalmente para el presente año 2022 el día 7 de diciembre de 2022 se disfrutará de jornada continua como la de varano.

Asimismo, recordamos que este colectivo dispone de 22 días de vacaciones anuales.

INFOSERVICIOS 

Este año 2022 comienza el 8 de junio y termina el 30 de septiembre, ambos incluidos.

Asimismo, recordamos que este colectivo dispone de 22 días de vacaciones anuales y que según el acuerdo marco, se podrán disfrutar hasta la primera quincena de enero del año siguiente.

DAESA 

Comienza el 15 de junio y termina el 15 de septiembre, ambos incluidos. 

Asimismo, recordamos que este colectivo dispone de 23 días de vacaciones anuales, además los empleados que acrediten con sus imputaciones 222 días de trabajo durante el 2021 disfrutarán de un día más de vacaciones en el año 2022.



miércoles, 28 de octubre de 2020

[MADRID] Fiestas Laborales del 2021

 Ya están publicadas las fiestas laborales para el año 2021.

El calendario laboral resultante para dicho año (8 fiestas nacionales, 4 comarcales y 2 locales) es el siguiente:

Los ocho festivos que se disfrutan a nivel nacional este 2021 son:      


1 de enero (Año Nuevo),
6 de enero (Epifanía del señor),
2 de abril (Viernes Santo),
1 de mayo (Fiesta del Trabajo),
12 de octubre (Fiesta de la Hispanidad),
6 de diciembre (día de la Constitución),
8 de diciembre (Inmaculada Concepción),
25 de diciembre (Natividad del Señor).

Los cuatro festivos de la COMUNIDAD DE MADRID:

19 de marzo (San José),

1 de abril (Jueves Santo),

3 de mayo (lunes, traslado del día de la Comunidad de Madrid),

1 de noviembre (lunes, Todos los Santos),


Los dos festivos LOCALES (son los que faltarían) corresponde asignar a cada municipio.

miércoles, 3 de junio de 2020

ATOS IT: DISTINTOS CALENDARIOS Y HORARIOS PARA ATOS IT EN MADRID

Festivos en la Comunidad de Madrid en 2020, a excepción de las festividades locales:
CALENDARIOS Y HORARIOS EN MADRID

PROCEDENTES DE INFOSERVICIOS

VACACIONES ANUALES: 22 días Laborales
Toda la plantilla de la extinta Infoservicios contará con 2 días libres adicionales a disfrutar dentro del presente año 2020, bien, en cualquier viernes, o bien, durante la jornada continuada de verano. Ambos días deberán imputarse como "Special Day" indicando en los comentarios: Infoservicios 2020.

PROCEDENTES DE DAESA

VACACIONES ANUALES: 23 días Laborales.
A nivel informativo, como en años anteriores, se recuerda que los días 24 y 31 de diciembre son laborables en la herramienta Time, pero,
conforme a lo estipulado en el acuerdo de 3 de septiembre de 2013:

-> En aquellos casos en los que el servicio lo permita (siempre que no estén sujetos a guardias o turnos), los empleados de la extinta Daesa podrán disfrutar de los 2 días como no laborables. En este caso, ambos días se imputarán como Special Day.

-> En aquellos casos en los que el servicio lo requiera, se organizará el equipo para que puedan, al menos, disfrutar de 1 de los 2 días. En este caso, también ese día de disfrute se imputará como Special Day.

-> En el caso de que no puedan disfrutar el mínimo de un día, se otorgará 1 día no laborable extra al año siguiente. En este caso, de la misma manera que en los dos supuestos anteriores, este día extra se imputará como Special Day.

PROCEDENTES DE SICONET

VACACIONES ANUALES: 22 días Laborales.
Toda la plantilla de la extinta Siconet en el centro de trabajo de Madrid disfrutará de la siguiente compensación al completo dentro del presente año 2020:  

* El 24 y 31 de diciembre se considerarán como no laborables.
* 1 día de libre disposición de 8,5 horas. Se disfrutará dentro de la jornada partida de invierno y se imputará como "Special Day", indicando en los comentarios: Siconet 2020.
* Un viernes de libre disposición de 6 horas. Dicho día se disfrutará en cualquier viernes y se imputará como "Special Day", indicando en los comentarios: Siconet 2020.

PROCEDENTES DE MUNDIVIA

VACACIONES ANUALES: 24 días Laborales.
Dentro del presente año 2020 se considerarán los días 24 y 31 de diciembre como no laborables para toda la plantilla de la extinta Mundivía del centro de trabajo de Madrid, ya que, estos dos días son considerados como laborables a media jornada.

BULL

VACACIONES ANUALES: 22 días Laborales.
ATOS IT

VACACIONES ANUALES: 23 días Laborales. Procedentes de Siemens
VACACIONES ANUALES: 24 días Laborales. Procedentes de Siemens
VACACIONES ANUALES: 22 días Laborales. Contratados bajo convenio Atos It Madrid

La jornada intensiva, se disfrutara de 15 días móviles a elegir entre el 15 de junio al 30 de junio o del 1 septiembre al  15 de septiembre y el resto de días de jornada intensiva comenzaran el 1 de julio y termina el 31 de agosto. 


domingo, 31 de mayo de 2020

Compensación por exceso de horas en 2020: Antigua MUNDIVIA

Desde la Sección Sindical de CGT en Atos It os informamos que RRHH reconoce el exceso de horas en el calendario laboral de 2020 para los trabajadores procedentes de MUNDIVIA, llegando al acuerdo con el Comité de Empresa de Albarracin 25, (Madrid) indicando:

Que la plantilla de la extinta Mundivia 
con el objetivo de que en el 2020 no se supere el número de horas establecidas en el XVII Convenio Colectivo de Consultoría aplicable al colectivo de Atos IT procedente de Mundivía, de forma excepcional y únicamente en el 2020, se ha decidido que se considerarán los días 24 y 31 de diciembre como no laborables para toda la plantilla de la extinta Mundivía, ya que, estos dos días son considerados como laborables a media jornada.
Adicional: 2 días de asuntos propios a disfrutar en el año en 2020.

Este carácter de no laborable no se aplicará a las personas desplazados a otra empresa por motivos de servicio, puesto que tendrán que cumplir con el horario establecido en el centro de trabajo del cliente, ni tampoco a las personas que presten sus servicios en régimen de turnos en cualquiera de sus modalidades.

Aprovechamos para recordar el horario de jornada intensiva que comienza el 16 de junio y termina el 15 de septiembre ambos incluidos.

Compensación por exceso de horas en 2020: Antigua SICONET

Desde la Sección Sindical de CGT en Atos It os informamos que RRHH reconoce el exceso de horas en el calendario laboral de 2020 para los trabajadores procedentes de la extinta Siconet de Madrid, llegando al acuerdo con la representación legal de los trabajadores, en el cual toda la plantilla de la extinta SICONET con el convenio de aplicación de Oficinas y despachos de Madrid disfrutará de la siguiente compensación al completo dentro del presente año 2020:

* El 24 y 31 de diciembre se considerarán como no laborables.

* 1 día de libre disposición de 8,5 horas. Dicho día se disfrutará dentro de la jornada partida de invierno de este año y se imputará como "Special Day", indicando en los comentarios: Siconet 2020.

* Un viernes de libre disposición de 6 horas. Dicho día se disfrutará en cualquier viernes de este año y se imputará como "Special Day", indicando en los comentarios: Siconet 2020.

Aprovechamos para recordar el horario de jornada intensiva para el 2020 que comienza el 1 de julio y termina el 31 de Agosto ambos incluidos.

Compensación por exceso de horas en 2020: Antigua INFOSERVICIOS

     Desde la Sección Sindical de CGT en Atos It os informamos que RRHH reconoce el exceso de horas en el calendario laboral de 2020 para los trabajadores procedentes de la extinta INFOSERVICIOS, llegando al acuerdo con el CE.

   Toda la plantilla de la extinta Infoservicios contará con 2 días libres adicionales a disfrutar dentro del presente año 2020, bien, en cualquier viernes o bien, durante la jornada continuada de verano. Ambos días deberán imputarse como "Special Day" indicando en los comentarios: Infoservicios 2020.

Aprovechamos para recordar el horario de jornada intensiva para 2020 que comienza el 15 de junio y termina el 30 de septiembre ambos incluidos. 

También os adjuntamos los importes actualizados de las compensaciones para este año 2020




lunes, 2 de diciembre de 2019

[Madrid] Calendario Laboral Siconet 2019


Se ha llegado a un acuerdo del calendario laboral de 2019 para todos los trabajadores de Atos IT procedentes de la extinta Siconet que están bajo el Convenio Colectivo de oficinas y despachos de Madrid.

Aunque ya se ha acordado entre RRHH y el comité de empresa, es la empresa quien debe comunicar a todos los trabajadores afectados su situación, esta situación se produce por un exceso de horas anuales, correspondientes al año actual.

Por parte de CGT os adelantamos el acuerdo al que se ha llegado para que podáis ir cuadrando vuestras vacaciones y días que os correspondan.

  • 24 y 31 de diciembre festivos especiales (no se trabajan).
  • Un viernes de vacaciones a escoger entre el 13, 20 o 27 de diciembre.



viernes, 25 de enero de 2019

Calendario laboral 2019 para los compañeros de extinta Siconet

Desde la Sección Sindical de CGT en Atos It os informamos, que de momento NO SE HA LLEGADO A ACUERDO entre la representación legal de los trabajadores/as y la representación de la empresa, para el calendario laboral del 2019 de los trabajadores/as de Atos It procedentes de la extinta Siconet. Estamos a la espera.

martes, 6 de junio de 2017

Jornada intensiva Atos IT 2017

La representación legal de los trabajadores de Atos It de Tres Cantos se reunió con la representación de la empresa el día 31 de mayo de 2017 para fijar la jornada intensiva a los compañeros de Atos It de Madrid que les aplique el convenio de ’I Convenio Colectivo de Atos It Madrid’.

``Como medida excepcional y únicamente para el ejercicio 2017 la aplicación de la jornada intensiva de dos meses y medio para toda la plantilla encuadrada bajo el ‘’I Convenio Colectivo de Atos It Madrid’’, así como la posibilidad de solicitar el cambio de la segunda quincena de junio por la primera de septiembre, tal y como queda reflejado en el Convenio Colectivo, en sus artículos 21 y 23’’.  

CGT se adhirió al acuerdo.

jueves, 4 de mayo de 2017

Calendario oficial de Daesa para 2017

En el último pleno del Comité de Empresa, celebrado en fecha 27-04-2017, se acordó solicitar a los compañeros delegados de Daesa, que acordaran con la Empresa el calendario laboral que aplica a la extinta DAESA para el año 2017, se llego a un acuerdo con la empresa y el calendario que aplica para este año 2017 es el siguiente.


Calendario Laboral 2017
ATOS IT SOLUTIONS AND SERVICES IBERIA S.L. MADRID.
Aplicable al colectivo de trabajadores de Atos IT procedente de la antigua DAESA
La duración máxima de la jornada de trabajo será de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. La jornada laboral queda fijada para el año 2017 en 1.730,25 horas efectivas de trabajo. Su distribución será la siguiente:
    1. JORNADA LABORAL
 - Horario flexible con más/menos una hora de flexibilidad en la hora de entrada y en la hora de salida.
 - Desde el 01/01/2017 hasta el 14/06/2017 (ambos incluidos) y desde el 16/09/2017 hasta el 31/12/2017 (ambos incluidos):
· De lunes a jueves:
o Entrada: de 8:00 h a 9:00 h.
o Salida: de 17:30 h a 18:30 h.
o Descansos: 1 hora para comer y 15 minutos para el desayuno (no computa como tiempo efectivo de trabajo)
· Viernes:
o Entrada: de 8:00 h a 9:00 h.
o Salida: de 15:00 h a 16:00 h.
o Descansos: 15 minutos para el desayuno (computa como tiempo efectivo de trabajo).- Desde el 15/06/2017 hasta el 15/09/2017 (ambos incluidos):
· De lunes a viernes:
o Entrada: de 8:00 h a 9:00 h.
o Salida: de 15:00 h a 16:00 h.
o Descansos: 15 minutos para el desayuno (computa como tiempo efectivo de trabajo).
- El personal destinado en cliente deberá cumplir el horario del centro de trabajo de destino, tal y como estipula el XVI Convenio Estatal de Empresas de Consultoría y Estudios de Mercado y de la Opinión Pública.
2. VACACIONES.
 - De acuerdo con las normas internas, todos los trabajadores deberán solicitar sus vacaciones en la herramienta corporativa de imputación de tiempos antes del 31 de marzo.
 - Todos los trabajadores tienen derecho a 23 días laborables de vacaciones anuales retribuidas, o a la prorrata correspondiente, dentro del año natural.
   - Se establecen 6 periodos vacacionales, dos de ellos de un día de duración. Al menos 11 días laborables deberán disfrutarse entre el 15/06/2017 y el 15/09/2017.
 - Los empleados que acrediten con sus imputaciones 222 días de trabajo durante el 2016, disfrutarán de un día más de vacaciones en el año 2017.
3. FIESTAS DURANTE 2017.
  - 6 de Enero: Epifanía del Señor.
- 19 de Marzo: San José (se traslada al lunes día 20).
- 13 de Abril: Jueves Santo.
- 14 de Abril: Viernes Santo.
- 1 de Mayo: Día del Trabajo.
- 2 de Mayo: Día de la Comunidad de Madrid.
- 15 de Mayo: Día de San Isidro.
- 15 de Agosto: Día de la Asunción de la Virgen.
- 12 de Octubre: Día Nacional de España.
- 1 de Noviembre: Día de Todos los Santos.
- 9 de Noviembre: Día de la Almudena.
- 6 de Diciembre: Día de la Constitución.
- 8 de Diciembre: Día de la Inmaculada Concepción.
- 25 de Diciembre: Natividad del Señor.
Al personal destinado en otras comunidades autónomas le serán de aplicación las fiestas que tengan establecidas en cada una de ellas.
DIAS NO LABORABLES
El 24 y 31 de diciembre se podrán disfrutar como no laborables cuando el servicio lo permita (siempre que no estén sujetos a guardias o turnos).
En aquellos casos en que el servicio lo requiera se organizará el equipo para que puedan, al menos, disfrutar uno de los dos días.
En el caso de que no se pueda disfrutar ninguno de los dos días, se disfrutará un día adicional el año siguiente.

viernes, 24 de marzo de 2017

Calendario laboral 2017 para los compañeros de ATOS IT procedentes de la antigua DAESA

En el último pleno del Comité de Empresa, celebrado en fecha 06-03-2017, se acordó solicitar a la Empresa el calendario laboral que aplica a la extinta DAESA para el año 2017, como venía siendo costumbre en años anteriores.

Con fecha 16-03-2017 RRHH respondió a la petición del Comité de Empresa enviando un borrador del calendario laboral, solicitando su verificación.

El Comité de Empresa de ATOS IT, se puso en contacto con los delegados de la extinta DAESA para la validación del calendario.

Tras transmitir estos delegados discrepancias al respecto, el comité de ATOS IT trasladó las mismas a RRHH para que se subsanasen.

 A día de hoy aún NO existe confirmación por parte de la empresa de las modificaciones solicitadas.
Ante las notificaciones que hayáis recibido a este respecto, señalaros que hasta que el calendario no sea acordado y firmado por ambas partes (RRHH y comité de ATOS IT), no será oficial.

Se os comunicará en el momento que sea oficial.

Os facilitamos a continuación el borrador del calendario enviado por la empresa y las discrepancias del Comité.

BORRADOR DEL CALENDARIO:


Calendario Laboral 2017
ATOS IT SOLUTIONS AND SERVICES IBERIA S.L. MADRID.
Aplicable al colectivo de trabajadores de Atos IT procedente de la antigua DAESA

La duración máxima de la jornada de trabajo será de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. La jornada laboral queda fijada para el año 2017 en 1.730,25 horas efectivas de trabajo. Su distribución será la siguiente:

1. Jornada laboral
  • Horario flexible con más/menos una hora de flexibilidad en la hora de entrada y en la hora de salida.
  • Desde el 01/01/2017 hasta el 14/06/2017 (ambos incluidos) y desde el 16/09/2017 hasta el 31/12/2017 (ambos incluidos):
    • De lunes a jueves:
      • Entrada: de 8:00 h a 9:00 h.
      • Salida: de 17:30 h a 18:30 h.
      • Descansos: 1 hora para comer y 15 minutos para el desayuno (no computa como tiempo efectivo de trabajo)
    • Viernes:
      • Entrada: de 8:00 h a 9:00 h.
      • Salida: de 15:00 h a 16:00 h.
      • Descansos: 15 minutos para el desayuno (computa como tiempo efectivo de trabajo).
  • Desde el 15/06/2017 hasta el 15/09/2017 (ambos incluidos): 
    • De lunes a viernes:
      • Entrada: de 8:00 h a 9:00 h.
      • Salida: de 15:00 h a 16:00 h.
      • Descansos: 15 minutos para el desayuno (computa como tiempo efectivo de trabajo).
  • El personal destinado en cliente deberá cumplir el horario del centro de trabajo de destino, tal y como estipula el XVI Convenio Estatal de Empresas de Consultoría y Estudios de Mercado y de la Opinión Pública.
2. Vacaciones
  • De acuerdo con las normas internas, todos los trabajadores deberán solicitar sus vacaciones en la herramienta corporativa de imputación de tiempos antes del 31 de marzo.
  • Todos los trabajadores tienen derecho a 23 días laborables de vacaciones anuales retribuidas, o a la prorrata correspondiente, dentro del año natural.
  • Se establecen 6 periodos vacacionales, dos de ellos de un día de duración. Al menos 11 días laborables deberán disfrutarse entre el 15/06/2017 y el 15/09/2017.
  • Los empleados que acrediten con sus imputaciones 222 días de trabajo durante el 2016, disfrutarán de un día más de vacaciones en el año 2017.
3. Fiestas durante el 2017
  • 6 de Enero: Epifanía del Señor.
  • 19 de Marzo: San José (se traslada al lunes día 20)
  • 13 de Abril: Jueves Santo.
  • 14 de Abril: Viernes Santo.
  • 1 de Mayo: Día del Trabajo.
  • 2 de Mayo: Día de la Comunidad de Madrid
  • 15 de Mayo: Día de San Isidro.
  • 15 de Agosto: Día de la Asunción de la Virgen.
  • 12 de Octubre: Día Nacional de España.
  • 1 de Noviembre: Día de Todos los Santos.
  • 9 de Noviembre: Día de la Almudena.
  • 6 de Diciembre: Día de la Constitución.
  • 8 de Diciembre: Día de la Inmaculada Concepción.
  • 25 de Diciembre: Natividad del Señor.

DISCREPANCIAS COMUNICADAS POR EL COMITÉ:

  • Los empleados que acrediten con sus imputaciones 220 días de trabajo durante el 2016, disfrutarán de un día más de vacaciones en el año 2017.
    El motivo de esta modificación es que el día adicional se concedía cuando había habido menos de 4 ausencias en el año anterior y en el año 2016 sólo hubo 224 días de trabajo efectivo.

  • Al personal destinado en otras Comunidades Autónomas le  serán de aplicación las fiestas que tengan establecidas cada una de ellas.