martes, 31 de enero de 2023
viernes, 27 de mayo de 2022
[Madrid] INICIO JORNADA DE VERANO SEGÚN EMPRESA ORIGEN.
Se acerca el inicio de la jornada de verano y desde CGT queremos recordaros que la jornada de verano para todas las personas trabajadoras de Madrid, según empresa de origen es la siguiente:
MUNDIVIA
Comienza el 16 de junio y termina el 15 de septiembre, ambos incluidos.
Asimismo, recordamos que este colectivo dispone de 24 días de vacaciones anuales más 2 días de asuntos propios.
BULL
Comienza el 1 de julio y termina el 1 de septiembre, ambos días incluidos.
Asimismo, recordamos que este colectivo dispone de 22 días de vacaciones anuales, salvo las personas trabajadoras que por acuerdo personal o colectivo tuvieran reconocido un período de vacaciones anuales superior, mantendrán dicho período superior a título personal y como condición más beneficiosa.
Convenio de Atos IT Madrid
Comienza el 16 de junio y termina el 31 de agosto. Los días correspondientes a la segunda quincena de junio se podrán disfrutar, preferentemente y a elección del empleado, durante la primera quincena de septiembre. (abriendo el ticket correspondiente).
Asimismo, recordamos que este colectivo dispone de 22 días laborables de vacaciones anuales y a partir del quinto año de antigüedad, el número de días laborables de vacaciones anuales será de 23, salvo las personas trabajadoras que por acuerdo personal o colectivo tuvieran reconocido un período de vacaciones anuales superior, mantendrán dicho período superior a título personal y como condición más beneficiosa.
SICONET
Comienza el 1 de julio y termina el 31 de agosto.
Adicionalmente para el presente año 2022 el día 7 de diciembre de 2022 se disfrutará de jornada continua como la de varano.
Asimismo, recordamos que este colectivo dispone de 22 días de vacaciones anuales.
INFOSERVICIOS
Este año 2022 comienza el 8 de junio y termina el 30 de septiembre, ambos incluidos.
Asimismo, recordamos que este colectivo dispone de 22 días de vacaciones anuales y que según el acuerdo marco, se podrán disfrutar hasta la primera quincena de enero del año siguiente.
DAESA
Comienza el 15 de junio y termina el 15 de septiembre, ambos incluidos.
Asimismo, recordamos que este colectivo dispone de 23 días de vacaciones anuales, además los empleados que acrediten con sus imputaciones 222 días de trabajo durante el 2021 disfrutarán de un día más de vacaciones en el año 2022.
miércoles, 28 de octubre de 2020
[MADRID] Fiestas Laborales del 2021
Ya están publicadas las fiestas laborales para el año 2021.
El calendario laboral resultante para dicho año (8 fiestas nacionales, 4 comarcales y 2 locales) es el siguiente:Los ocho festivos que se disfrutan a nivel nacional este 2021 son:
1 de enero (Año Nuevo),
6 de enero (Epifanía del señor),
2 de abril (Viernes Santo),
1 de mayo (Fiesta del Trabajo),
12 de octubre (Fiesta de la Hispanidad),
6 de diciembre (día de la Constitución),
8 de diciembre (Inmaculada Concepción),
25 de diciembre (Natividad del Señor).
Los cuatro festivos de la COMUNIDAD DE MADRID:
19 de marzo (San José),
1 de abril (Jueves Santo),
3 de mayo (lunes, traslado del día de la Comunidad de Madrid),
1 de noviembre (lunes, Todos los Santos),
Los dos festivos LOCALES (son los que faltarían) corresponde asignar a cada municipio.
miércoles, 3 de junio de 2020
ATOS IT: DISTINTOS CALENDARIOS Y HORARIOS PARA ATOS IT EN MADRID
domingo, 31 de mayo de 2020
Compensación por exceso de horas en 2020: Antigua MUNDIVIA
Que la plantilla de la extinta Mundivia
Compensación por exceso de horas en 2020: Antigua SICONET
Compensación por exceso de horas en 2020: Antigua INFOSERVICIOS
Aprovechamos para recordar el horario de jornada intensiva para 2020 que comienza el 15 de junio y termina el 30 de septiembre ambos incluidos.
También os adjuntamos los importes actualizados de las compensaciones para este año 2020
lunes, 2 de diciembre de 2019
[Madrid] Calendario Laboral Siconet 2019
- 24 y 31 de diciembre festivos especiales (no se trabajan).
- Un viernes de vacaciones a escoger entre el 13, 20 o 27 de diciembre.
viernes, 25 de enero de 2019
Calendario laboral 2019 para los compañeros de extinta Siconet
Desde la Sección Sindical de CGT en Atos It os informamos, que de
momento NO SE HA LLEGADO A ACUERDO entre la representación legal de los
trabajadores/as y la representación de la empresa, para el calendario
laboral del 2019 de los trabajadores/as de Atos It procedentes de la extinta
Siconet. Estamos a la espera.
miércoles, 12 de diciembre de 2018
lunes, 4 de diciembre de 2017
martes, 6 de junio de 2017
Jornada intensiva Atos IT 2017

CGT se adhirió al acuerdo.
jueves, 4 de mayo de 2017
Calendario oficial de Daesa para 2017
viernes, 24 de marzo de 2017
Calendario laboral 2017 para los compañeros de ATOS IT procedentes de la antigua DAESA
Con fecha 16-03-2017 RRHH respondió a la petición del Comité de Empresa enviando un borrador del calendario laboral, solicitando su verificación.
El Comité de Empresa de ATOS IT, se puso en contacto con los delegados de la extinta DAESA para la validación del calendario.
Tras transmitir estos delegados discrepancias al respecto, el comité de ATOS IT trasladó las mismas a RRHH para que se subsanasen.
A día de hoy aún NO existe confirmación por parte de la empresa de las modificaciones solicitadas.
Ante las notificaciones que hayáis recibido a este respecto, señalaros que hasta que el calendario no sea acordado y firmado por ambas partes (RRHH y comité de ATOS IT), no será oficial.
Se os comunicará en el momento que sea oficial.
Os facilitamos a continuación el borrador del calendario enviado por la empresa y las discrepancias del Comité.
BORRADOR DEL CALENDARIO:
La duración máxima de la jornada de trabajo será de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. La jornada laboral queda fijada para el año 2017 en 1.730,25 horas efectivas de trabajo. Su distribución será la siguiente:
1. Jornada laboral
- Horario flexible con más/menos una hora de flexibilidad en la hora de entrada y en la hora de salida.
- Desde el 01/01/2017 hasta el 14/06/2017 (ambos incluidos) y desde el 16/09/2017 hasta el 31/12/2017 (ambos incluidos):
- De lunes a jueves:
- Entrada: de 8:00 h a 9:00 h.
- Salida: de 17:30 h a 18:30 h.
- Descansos: 1 hora para comer y 15 minutos para el desayuno (no computa como tiempo efectivo de trabajo)
- Viernes:
- Entrada: de 8:00 h a 9:00 h.
- Salida: de 15:00 h a 16:00 h.
- Descansos: 15 minutos para el desayuno (computa como tiempo efectivo de trabajo).
- Desde el 15/06/2017 hasta el 15/09/2017 (ambos incluidos):
- De lunes a viernes:
- Entrada: de 8:00 h a 9:00 h.
- Salida: de 15:00 h a 16:00 h.
- Descansos: 15 minutos para el desayuno (computa como tiempo efectivo de trabajo).
- El personal destinado en cliente deberá cumplir el horario del centro de trabajo de destino, tal y como estipula el XVI Convenio Estatal de Empresas de Consultoría y Estudios de Mercado y de la Opinión Pública.
- De acuerdo con las normas internas, todos los trabajadores deberán solicitar sus vacaciones en la herramienta corporativa de imputación de tiempos antes del 31 de marzo.
- Todos los trabajadores tienen derecho a 23 días laborables de vacaciones anuales retribuidas, o a la prorrata correspondiente, dentro del año natural.
- Se establecen 6 periodos vacacionales, dos de ellos de un día de duración. Al menos 11 días laborables deberán disfrutarse entre el 15/06/2017 y el 15/09/2017.
- Los empleados que acrediten con sus imputaciones 222 días de trabajo durante el 2016, disfrutarán de un día más de vacaciones en el año 2017.
- 6 de Enero: Epifanía del Señor.
- 19 de Marzo: San José (se traslada al lunes día 20)
- 13 de Abril: Jueves Santo.
- 14 de Abril: Viernes Santo.
- 1 de Mayo: Día del Trabajo.
- 2 de Mayo: Día de la Comunidad de Madrid
- 15 de Mayo: Día de San Isidro.
- 15 de Agosto: Día de la Asunción de la Virgen.
- 12 de Octubre: Día Nacional de España.
- 1 de Noviembre: Día de Todos los Santos.
- 9 de Noviembre: Día de la Almudena.
- 6 de Diciembre: Día de la Constitución.
- 8 de Diciembre: Día de la Inmaculada Concepción.
- 25 de Diciembre: Natividad del Señor.
DISCREPANCIAS COMUNICADAS POR EL COMITÉ:
- Los empleados que acrediten con sus imputaciones 220 días de trabajo durante el 2016, disfrutarán de un día más de vacaciones en el año 2017.
El motivo de esta modificación es que el día adicional se concedía cuando había habido menos de 4 ausencias en el año anterior y en el año 2016 sólo hubo 224 días de trabajo efectivo. - Al personal destinado en otras Comunidades Autónomas le serán de aplicación las fiestas que tengan establecidas cada una de ellas.














