Con éstos ya son 48 l@s Trabajador@s despedid@s en AtoS IT durante 2024.
A Coruña 1
Madrid 29
Sevilla 13
Tenerife 3
Valencia 1
Toledo 1
Con éstos ya son 48 l@s Trabajador@s despedid@s en AtoS IT durante 2024.
A Coruña 1
Madrid 29
Sevilla 13
Tenerife 3
Valencia 1
Toledo 1
Cuadro comparativo de permisos retribuidos con la normativa general y las condiciones adicionales que aplican a colectivos con mejoras específicas en Atos IT.
Hecho causante |
Tiempo de permiso |
Matrimonio o registro de pareja de hecho. |
15 días naturales todos los trabajadores de Atos IT
Siconet Madrid, 1 día natural por matrimonio de
padre o madre, hijo/a, hermano/a o hermano/a político/a, en la fecha de
celebración de la ceremonia |
Fallecimiento |
Consultoras, Infoservicios, Daesa, Mundivia, 4 días
laborables |
Mudanza |
1 día todos los trabajadores de Atos IT, excepto |
Deber inexcusable |
El tiempo indispensable, todos los trabajadores de Atos IT |
Preparación al parto |
El tiempo indispensable, todos los trabajadores de Atos IT |
Nacimiento, adopción o acogimiento |
Todos los trabajadores de Atos IT 1 h/día hasta que el menor
cumpla 9 meses.
Permutación:
|
Nacimiento, adopción o
acogimiento |
16 semanas, todos los trabajadores de Atos IT |
Nacimiento prematuro |
1 hora todos los trabajadores de Atos IT |
Fuerza mayor |
4 días laborables todos los trabajadores de
Atos IT, pudiendo utilizarse por horas sueltas. |
Formación vinculada a la actividad de la empresa |
20 horas anuales todos los trabajadores de Atos IT |
Exámenes |
El tiempo necesario, todos los trabajadores de Atos IT |
Accidente o enfermedad |
5 días |
Médicos |
Siconet Madrid: 8 horas al año para asistir a consultas médicas Siconet Cataluña: *18 horas al año para asistir a consultas médicas propias,
o para acompañar a ascendientes o descendientes y cónyuges a sus respectivas
visitas médicas. Asimismo, se podrá disponer de estas horas para la
asistencia, por el tiempo indispensable, a tutorías escolares de los hijos e
hijas Bull |
Desde la CGT de ATOS IT, expresamos nuestras condolencias, apoyo y solidaridad con todas las personas afectadas por la DANA, especialmente en la Comunidad Valenciana, donde los daños personales y materiales han sido profundamente dolorosos.
A continuación, queremos recordaros algunos derechos importantes en situación natural extrema como esta.
¿Qué ocurre cuando, debido a un temporal, te ves en riesgo al acudir al trabajo?
El Artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995) establece las medidas de protección en situaciones de Riesgo grave e inminente para los trabajadores. Este artículo no menciona directamente el desplazamiento al lugar de trabajo en condiciones de riesgo (como en caso de temporal), pero sí recoge la obligación del empleador de informar y proteger a los empleados (Punto 1) y autorizar a los trabajadores a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo si enfrentan un riesgo grave e inminente (Punto 2).
El artículo 21 menciona textualmente:
Punto 2 Artículo 21: "De acuerdo con lo previsto en el apartado 1 del artículo 14 de la presente Ley, el trabajador tendrá derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o su salud"
Punto 3 Artículo 21: "Cuando en el caso a que se refiere el apartado 1 de este artículo el empresario no adopte o no permita la adopción de las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores, los representantes legales de éstos podrán acordar, por mayoría de sus miembros, la paralización de la actividad de los trabajadores afectados por dicho riesgo. Tal acuerdo será comunicado de inmediato a la empresa y a la autoridad laboral, la cual, en el plazo de veinticuatro horas, anulará o ratificará la paralización acordada."
Punto 4 Artículo 21: "Los trabajadores o sus representantes no podrán sufrir perjuicio alguno derivado de la adopción de las medidas a que se refieren los apartados anteriores, a menos que hubieran obrado de mala fe o cometido negligencia grave"
Desde la CGT recomendamos informar a los responsables o superiores sobre cualquier incidencia que podáis tener, y os recordamos que nuestra sección sindical está a vuestra disposición para cualquier consulta.
Enlace
a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
RRHH nos ha comunicado, el 4 de noviembre, la ejecución de 4 nuevos despidos disciplinarios, en los centros de trabajo de Sevilla (3) y en el de Albarracín 25, Madrid (1)
Con éstos ya son 47 l@s Trabajador@s despedid@s en AtoS IT durante 2024.
A Coruña 1
Madrid 28
Sevilla 13
Tenerife 3
Valencia 1
Toledo 1